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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Abif lamenta que el Gobierno mantenga en UF 35 el monto límite para restituir operaciones desconocidas, pese al aumento de autofraudes. Los bancos advierten que esto no desincentiva los fraudes y critican las distorsiones de la Ley de Fraudes, con una tasa de fraudes 3 veces mayor que antes.

Desde la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif) señalaron que lamentan la mantención en el monto límite para restituir operaciones desconocidas, en el contexto de la Ley de Fraudes.

Tras las modificaciones hechas en 2020, desde el sector bancario han alertado de una importante alza en las operaciones de autofraudes, donde las personas afirman -falsamente- desconocer transacciones hechas desde sus cuentas, para luego obtener un reembolso en un plazo de entre 10 a 15 días, dependiendo de la transacción.

El límite máximo para restituir fondos sin mayores trámites es UF 35, pero desde la Abif esperaban que el Gobierno rebajara el rango hasta las 15 UF para desincentivar el mal uso de la norma.

Con todo, desde el Ministerio de Hacienda y Economía mantuvieron la cifra en las UF 35, lo que tuvo la opinión favorable de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y que, según los bancos, no contribuye a hacer frente a los autofraudes.

Bancos y la Ley Antifraudes

“La Ley de Fraudes aún mantiene distorsiones fundamentales en el sistema de pagos, que se reflejan en una tasa de fraudes que es 3 veces mayor a la observada antes de las modificaciones (…) y más de 6,5 veces superior a la registrada en la Unión Europea”, aseguraron desde el gremio.

A su vez, sostuvieron que “persisten malas prácticas en torno a los umbrales definidos”. Además, señalaron ver una “inconsistencias” desde el Ejecutivo ya que, mediante modificaciones a la Ley 20.009, se facultó a ambas carteras para imponer un límite entre las UF 15 y UF 35.

Por ello, desde el gremio aseguraron que “la decisión de los Ministerios de Hacienda y Economía desconcierta y no es acorde a la realidad que buscaban abordar las modificaciones a la Ley de Fraudes”.

También, en este sentido, la Abif señaló otras modificaciones que consideran necesarias para la Ley de Fraudes, empezando por el estándar probatorio de culpa grave o dolo, “restablecer la posibilidad de comercializar seguros que protejan a los clientes que son víctimas de fraude” y establecer una instancia que canalice casos donde no corresponda que se restituyan los fondos y así no sobrecargar los Juzgados de Policía Local.