La presidenta Michelle Bachelet no entregó un indultó a Hugo Bustamante en 2016. El entonces condenado recibió la libertad condicional aprobada por una comisión especial integrada por jueces.

Diversas versiones han circulado en redes sociales, con respecto a cómo obtuvo su libertad Hugo Bustamante, principal implicado en la muerte de Ámbar. Se dijo que fue indultado, pero eso es falso.

Ya es de público conocimiento que Bustamante estuvo anteriormente tras las rejas, luego de ser condenado por el doble asesinato de su pareja Verónica, y el hijo de ella, de 9 años.

El hecho, ocurrido en 2005, conmocionó a la sociedad y le valió el apodo de “el asesino del tambor”, a propósito de la macabra forma en que ocultó los cuerpos.

En esa oportunidad recibió dos penas, de 15 y 12 años cada una, por homicidio simple. En total, eran 27 años de cárcel. Pero en 2016, transcurridos 11 años de presidio, obtuvo el beneficio de libertad condicional.

Historia de una ley

Para entender el proceso hay que remontarse a 1925. De ese año data el Decreto 321, que norma desde ese entonces la libertad condicional en Chile.

En 2001 se derogó la pena de muerte y, de esa forma, la máxima sanción aplicable a una persona pasó a ser el presidio perpetuo calificado. Eso implicó que a esos condenados “no se podrá conceder la libertad condicional sino una vez transcurridos cuarenta años de privación de libertad efectiva”, detallaba la norma.

El Artículo 3º del Decreto 321, quedó de la siguiente manera:

“A los condenados a presidio perpetuo (simple) se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional una vez cumplidos veinte años.

A los condenados por los delitos de parricidio, homicidio calificado, robo con homicidio, violación con homicidio, violación de persona menor de doce años, infanticidio, y elaboración o tráfico de estupefacientes, se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional cuando hubieren cumplido dos tercios de la pena.

A los condenados a más de veinte años se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional una vez cumplidos diez años de la pena, y por este solo hecho ésta quedará fijada en veinte años”.

Ese último párrafo cobra relevancia en el caso de Bustamante.

Su condena

Por el doble crimen de Verónica y su hijo, fue sancionado en 2005 por homicidio simple, no calificado, sumando más de 20 años entre ambas penas. En la sentencia, el juez señaló expresamente que no podría optar beneficios, como la remisión condicional de la pena, ni a la reclusión nocturna o a la libertad vigilada. Pero nada impedía que recibiera la libertad condicional, como todo reo, siempre y cuando cumpliera los requisitos vigentes.

Primera gran reforma

El 10 de marzo de 2011, el presidente Sebastián Piñera en su primer mandato, reformó sustancialmente la forma de obtener la libertad condicional.

“El alto nivel de hacinamiento y sobrepoblación que existe en nuestros recintos penales constituye una realidad que compromete severamente los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad”, decía el mensaje del presidente Piñera al Senado de entonces. Habían pasado tres meses desde la tragedia de la Cárcel de San Miguel, en que 81 reos murieron producto de un incendio.

Pero entre otras cosas, también se buscaba “otorgar un mayor grado de objetividad al proceso”, quitando a los seremis de Justicia de la determinación final sobre el beneficio, lo que era considerado arbitrario, y dejar la decisión en manos de una comisión especial integrada por jueces. En otras palabras, ya no sería un tema político, sino que técnico.

Ese proyecto derivó en la Ley 20.587, promulgada el 28 de mayo de 2012.

Pese a todos los ajustes, la opción de recibir la libertad condicional a los 10 años, para condenados a más de 20 años, se mantuvo en el decreto.

Masivas libertades de 2016

Tal como señalamos, desde 1925 se ha podido recibir la libertad condicional, en la medida de que se cumplan los requisitos. Pero en 2016 pasó algo extraordinario. Y fue polémica nacional. De aceptarse cerca del 10% de las solicitudes en años anteriores, los tribunales pasaron a validar casi el 90% esa vez.

Uno de los cientos de liberados en Valparaíso fue Hugo Bustamante.

Parlamentarios de todos los sectores exigieron que se aclararan los criterios para haber definido esas libertades.

El entonces senador RN Alberto Espina cuestionaba puntualmente el caso de Bustamante. “Este personaje y la mayor parte de los otros liberados no han sido rehabilitados, porque en Chile eso casi no existe”, decía.

La presidenta de la época, Michelle Bachelet también había expresado sus reparos. “Desconozco las razones que llevaron a los jueces, centralmente de las capitales regionales importantes, de dar libertad condicional a personas que están cumpliendo su pena”, expresó a la prensa en ese momento.

Bustamante quedó libre pese a que Gendarmería le había dado un informe desfavorable. De hecho, la institución dio 523 informes desfavorables en total, de los 845 postulantes en la ciudad.

Pero la comisión de Valparaíso otorgó 742 libertades el 29 de abril de 2016.

La instancia estaba integrada por los jueces Paula Ramos, Alonso Arancibia, Loreto León, Eduardo Saldivia y era presidida por la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvia Donoso.

Informes copiados y criterio “de derecho”

Según reportó la prensa de la época, los jueces debían definir el criterio y se ciñeron “al pie de la letra de ley, siguiendo el espíritu de varios fallos de la Corte Suprema de años anteriores, que situaban las libertades condicionales más como un derecho que como un beneficio”. Dicho de otra forma, todos lo que mantenían el requisito de buena conducta y cumplían con el tiempo de condena mínimo, dejaron la cárcel.

La crítica que hacen algunos especialistas, es que los documentos de Gendarmería eran copiados y pegados. Tal como consta en el registro, el informe negativo de Bustamante es exactamente el mismo que para el resto de los reos a los que no se le recomendaba la libertad.

Segunda gran reforma

El 18 de mayo de 2016, apenas 19 días después del escándalo de las masivas liberaciones, los senadores Hernán Larraín (UDI), Felipe Harboe (PPD), Alberto Espina (RN) y Pedro Araya (IND pro Nueva Mayoría) presentaron una moción en que cuestionaban el añejo decreto de 1925.

“Si bien (el texto) ha sido objeto de diversas modificaciones, la última de ellas en 2014, mantiene en lo medular, la concepción de la pena y del condenado propia del año de su dictación, sin contener un enfoque de reinserción social como el que actualmente predomina en nuestro sistema. De hecho, basta con analizar el lenguaje utilizado para dar cuenta de lo anacrónico de esta legislación”, afirmaban los senadores.

Dicho proyecto vio la luz recién en 11 enero de 2019. Así, el Decreto 321 se reescribió e incorporó al homicidio simple entre los crímenes sujetos a restricción a la libertad condicional, eliminando la opción de obtener el beneficio a los 10 años:

“Las personas condenadas por delitos de homicidio, homicidio calificado, secuestro, secuestro calificado, sustracción de menores, detención ilegal, inhumación o exhumación ilegal, tormentos o rigor innecesario, y asociación ilícita, que la sentencia, en conformidad al derecho internacional, hubiere considerado como genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, cualquiera haya sido la denominación o clasificación que dichas conductas hubieren tenido al momento de su condena; o por alguno de los delitos tipificados en la ley Nº 20.357; podrán postular a este beneficio cuando, además de los requisitos del artículo 2º, hubieren cumplido dos tercios de la pena o, en caso de presidio perpetuo, los años de privación de libertad efectiva establecidos en los incisos primero y segundo del artículo 3º, según corresponda”.

La ley está en vigencia, aunque todavía no se han dictado los reglamentos que permitan su total funcionamiento. El Ministerio de Justicia dice que está pendiente de toma de razón en Contraloría, sin embargo, en los registros consta que fue el propio ministerio el que lo retiró el 24 de mayo del año pasado.

Los reales indultos

Finalmente, Michelle Bachelet sí entregó indultos presidenciales en su segundo mandato, pero ninguno a Hugo Bustamante. Fueron 10 en total, la menor cifra desde 1990, en un mecanismo que va a la baja, hoy orientado a reos que presentan enfermedades terminales. Patricio Aylwin dio 928 indultos; Eduardo Frei, 343; mientras que Ricardo Lagos concedió 240 y la primera administración Bachelet cifró 67.

Piñera, en tanto, ha otorgado -hasta agosto del año pasado- 11 indultos en el actual gobierno y 13 en su primer gobierno, sin contar los 4.027 reos de menor peligrosidad liberados en el indulto general aprobado en 2012.