El 29° Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a indemnizar con 270 millones de pesos a los familiares de Juan José Valdebenito Miranda, detenido el 20 de septiembre de 1973, último día que se le vio.

En el fallo, el juez Matías Franulic Gómez estableció que Valdebenito Miranda fue víctima de un crimen de lesa humanidad, por lo que la acción civil no puede prescribir.

Además, agrega que el Pacto de San José de Costa Rica, al cual Chile adhiere, establece el compromiso de respetar los derechos y libertades y garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona.

Así mismo, afirma que cuando se establezca la existencia de violación de un derecho o libertad protegidos por la Convención, la corte dispondrá que se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados.

Continúa agregando que, de ser necesario, “se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada”.

Finaliza señalando que “se constata una clara divergencia entre el contenido de las excepciones señaladas y lo dispuesto por la Convención Americana, debiendo estarse a esta última, atendida la naturaleza especialísima del ilícito, atendido que la responsabilidad del Estado“.