VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el reajuste del sector público, manteniendo beneficios como el aguinaldo de Navidad y el Bono de Vacaciones, aprobados por unanimidad en el Senado. El aguinaldo de Navidad retroactivo será de $71.206 para remuneraciones líquidas iguales o inferiores a $1.060.493, y de $37.666 para montos superiores. El Bono de Vacaciones, de $112.915 para remuneraciones líquidas menores a $1.060.493, y $56.457 para montos más altos.

Este miércoles, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley el reajuste del sector público, del cual se desprenden beneficios, como el aguinaldo de Navidad o el Bono de Vacaciones.

Si bien el proyecto de ley fue duramente criticado por la norma de “amarre”, lo alusivo a aguinaldos y bonos se mantuvo sin mayores cambios. De hecho, fueron aprobados por unanimidad en el Senado durante el martes.

En ese sentido, es posible conocer cuánto dinero recibirán los trabajadores por estos dos beneficios, así como las condiciones que deben cumplir.

Cabe destacar que, pese a que la iniciativa ya fue despachada por el Congreso, aún restan unos trámites adicionales. Deberá pasar a revisión en el Tribunal Constitucional y, luego, a fase de promulgación como Ley de la República.

Monto del aguinaldo de Navidad y condiciones para recibirlo

En cuanto al aguinaldo de Navidad, el monto propuesto es de $71.206 para trabajadores cuya remuneración líquida percibida en noviembre de 2025 fuese igual o inferior a $1.060.493.

En tanto, la cifra es de $37.666 para aquellos funcionarios cuya remuneración líquida supere la cantidad antes señalada.

Cabe destacar que aunque este beneficio está pensado para entregarse junto a la remuneración de diciembre, tiene la cualidad de ser retroactivo.

La ley también indica que serán beneficiarios del aguinaldo las y los trabajadores que tuvieran cargos de planta o a contrata al 1 de diciembre de cada anualidad, y se desempeñen en reparticiones estatales como las siguientes:

Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junji.
Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
Asistentes y profesionales de la educación pública que laboren en establecimientos dependientes de los servicios locales de educación.
Astilleros y maestranzas de la Armada.
Establecimientos particulares subvencionados por el Estado.
Instituciones colaboradoras del Sename o su sucesor legal.
Universidades estatales.
Sectores de la Administración del Estado traspasados a las municipalidades.
Corporaciones de Asistencia Judicial.
Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
Tribunales tributarios y aduaneros.

Bono de Vacaciones

Este beneficio se paga a los trabajadores públicos que cumplan con los requisitos establecidos. No constituye renta, y se debe pagar a más tardar en el mes de enero.

El pago de esta ayuda estatal surgió en 2020 a raíz de la pandemia por Covid-19, y se redefine cada año tras el reajuste del sector público.

En este caso, la iniciativa será de $112.915 para los trabajadores cuya remuneración líquida a noviembre de 2025 haya sido igual o inferior a $1.060.493.

Por su parte, el monto es de $56.457 para los funcionarios que tuvieran una remuneración líquida que superara la cantidad antes señalada, y siempre que no exceda de una remuneración bruta de $3.511.800.

Las condiciones para recibir el Bono de Vacaciones son las mismas que aquellas requeridas para el aguinaldo de Navidad.