Desde $60.000.000 a $300.000.000 aumentó la Corte de Apelaciones de Santiago la indemnización que el Estado de Chile deberá pagar a los hijos de un obrero forestal asesinado por la “Caravana de la Muerte” en Valdivia en octubre de 1973.

El tribunal de alzada estimó que la indemnización no compensaba todas las penurias sufridas por su familia gatilladas por el asesinato de García.

Según el fallo de segunda instancia, la corte estimó “que algo que pretenda siquiera acercarse a una, al menos teórica, reparación del perjuicio moral que hubieron de experimentar (los hijos del ejecutado político), se satisface con una suma sustancialmente superior a la fijada por el tribunal de primer grado, atendida la entidad del menoscabo que sufrieron”.

García es una víctima reconocida por el Informe Rettig, quien iba a casarse el mismo año en que fue asesinado. Su entonces prometida nunca supo de su paradero, por lo que asumió que había sido abandonada junto a sus tres hijos, tras lo que “enloqueció y “tomó odio hacia él”.

Peor aún, según relata en el fallo de primera instancia a partir del testimonio de uno de los testigos, su pareja fue “violentada, torturada y violada por los mismos agentes del estado, quedando con secuelas físicas y psiquiátricas”.

Tras toda esta violencia y ante la ausencia del soporte del hogar, la familia se disgregó. Una hija se quedó con su madre, otra con sus abuelos paternos, y un hijo fue internado en un hogar de menores de Rancagua.

Una de ellas vivió graves dificultades durante su adolescencia. “Es por tales hechos que actualmente no sale a la calle, sufre de pánico y tiene secuelas psicológicas serias”, además de ser analfabeta, indica el fallo.

El hijo, por su parte, ha vivido medicado e incluso ha intentado suicidarse. Creció en un hogar de menores, donde sufrió soledad y maltratos hasta que egresó a los 16 años. Según la demanda, sufrió por el desconocimiento sobre el destino de su padre, por la constante sensación de ausencia y de pérdida de los afectos”.

La situación de la otra de sus hermanas, según ella misma, no sería más grave que la de sus hermanos ya que logró casarse aunque mantuvo la sensación constante de separación familiar. En su caso, creció creyendo que sus abuelos paternos eran en realidad sus padres, historia que se derrumbó luego de una visita de su madre tras muchos años, lo que la dejó “choqueada”.

Todo esto, indica el fallo, “le ha producido un daño profundo en su propia vida familiar”.

Ante estas acusaciones, el Tribunal certificó que el Estado de Chile “no aparejó medio de prueba o legal alguno en orden a acreditar sus defensas”.