La Sala Penal de la Corte Suprema determinó condenas de cinco y tres años de presidio, con beneficios de libertad vigilada y remisión condicional de la pena, a dos suboficiales en retiro de la Armada, imputados por el homicidio calificado de Óscar Farías Urzúa, ocurrido el 20 de septiembre de 1973.

En un fallo dividido los magistrados Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Domingo Hernández, determinaron las sanciones en contra de los capitanes de navío (r) Pedro Arancibia Solar y Sergio Mendoza Rojas, respectivamente.

Además el máximo tribunal se declaró incompetente para resolver sobre la demanda de indemnización de perjuicio para los familiares de la víctima, rechazando la solicitud.

Farías era militante socialista y fue detenido por personal de la Armada en los días posteriores al Golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 en su casa de Quilpué. Desde ahí fue trasladado a la base aérea naval de El Belloto lugar donde fue torturado y luego ultimado.

Su cuerpo fue devuelto a su familia con tres impactos de bala. La comisión Rettig lo calificó como una víctima de la violencia de Estado cometida por agentes del régimen militar.