Gabriel Henríquez, abogado del excanciller del Arzobispado de Santiago, Óscar Muñoz Toledo, se refirió a la medida cautelar de prisión preventiva contra su defendido acusado de abusos a menores y estupro.

En entrevista con Podría Ser Peor, el abogado explicó que la instancia judicial consiste en que el “Ministerio Público comunica formalmente los hechos por los que se inicia la investigación en contra de Óscar Muñoz”.

Además, agregó que “esta imputación que se efectúa tiene una antesala que es la autodenuncia canónica que él realiza, lo cual significó que el 5 de enero fuera suspendido de sus funciones apostólicas”.

En esa línea, comentó que en los hechos formalizados este viernes “al menos los dos hechos autodenunciados aparecen detallados en la audiencia de formalización, por lo que evidentemente nosotros entendemos que hay antecedentes que nos colocan en una posición como defensa”.

Para el abogado, el resto de los hechos “por lo complejo, por los abundantes antecedentes, tampoco estaban dentro de nuestros escenarios, entonces evidentemente que abrir un debate frente a esta situación nos parecía que no era oportuno por ahora”.

El abogado aclaró que el fiscal regional puso en el tapete “la posibilidad de que pudiesen eventualmente determinar responsabilidades ya sea de encubridor o cómplice. Desconocemos si esas eventuales imputaciones dicen relación con mi propio representado o con terceros“.

Sin embargo, el profesional dijo que hasta el momento “difiero absolutamente de una parte de la información entregada por el Ministerio Público, debido que Muñoz, en su calidad de canciller, no es efectivo que haya tenido por función propia del cargo recibir denuncias sobre delitos sexuales. Eso es falso“.

Henríquez concluyó que hay un punto que no sería menor y que tiene relación con la prescripción.

“La defensa tajantemente ha dicho que al menos dos de los hechos imputados el día de hoy, dos de los cinco, sí estarían prescritos. Los dos nuevos“, dijo.

Escucha la entrevista completa aquí:

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)