La Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción y ordenó a la Delegación Presidencial del Bío Bío coordinar acciones tendientes a evitar hechos de violencia rural en la zona.

La Corte Suprema ordenó a la Delegación Presidencial del Bio Bío implementar un plan de medidas que procure la protección de un grupo de 14 personas de Alto Bio Bío que fueron afectadas por hechos de violencia al interior del Hostal Doña Pola en agosto de 2021.

Con este fallo el máximo tribunal del país revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que en noviembre del año pasado rechazó el recurso de protección presentado por las víctimas de la violencia rural.

Los recurrentes señalan que en agosto de 2021 un grupo de 7 personas encapuchadas ingresó al Hostal Doña Pola, donde procedieron a reducir a dos trabajadores a quienes golpearon, insultaron y amedrentaron, exigiendo que hicieran abandono de sus casas en el plazo de un mes, para luego instalar lienzos con consignas reivindicatorias.

Tras acoger el recurso de protección, la Corte Suprema ordenó a la Delegación Presidencial del Bio Bío liderada por Daniela Dresdner coordinar una serie de acciones con las instituciones que corresponda, para “implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas” que han visto afectados sus derechos.

Parte del fallo indica que “lo que se denuncia es la transgresión flagrante de derechos amparados por la Carta Fundamental, lo que ha ocasionado a los afectados, un temor verosímil -en el contexto anotado- de ser afectados su integridad física, síquica, su libertad ambulatoria y su propiedad”.

Añade “advertida la falta de eficacia de las políticas implementadas para enfrentar este tipo de sucesos, cabe demandar de la autoridad facultada que adopte las medidas de resguardo que se requieran, conducentes a evitar las consecuencias perniciosas a que se han enfrentado el conjunto de recurrentes”

El objetivo es evitar hechos de violencia en contra de las 14 personas y por lo tanto la autoridad deberá informar en el plazo de 30 días las medidas tomadas a la Corte de Apelaciones penquista.