Fue en octubre de 2019 cuando el hombre acusado de violación, en horas de la noche, abordó a la víctima para trasladarla a un sitio eriazo y cometer el delito. Horas más tarde fue detenido por Carabineros, donde confesó los hechos.

Actualmente, el imputado solicitó que se le apliquen los artículos 13 y 14 de la Ley 16.441, conocida como “Ley Pascua”, la cual ordena que personas pertenecientes a la etnia Rapa Nui, que cometan ciertos delitos, entre ellos la violación, pueda reducirse su pena en un grado y permite el cumplimiento de 2/3 de su pena en libertad.

El abogado Nicolás Oxman, en representación del Consejo de Ancianos Mau Hatu’o te, presentó un escrito ante el Tribunal Constitucional en favor a la aplicación de dicha ley en este caso, y que causó repudio por decirse que las mujeres o las niñas que van a nacer, deben estar acostumbradas a la violencia grata.

Carlos Edmuns Paoa, el presidente del Consejo de Ancianos, salió a dar explicaciones y ofrecer disculpas, señalando que no tenía conocimiento del tenor del escrito.

Por lo que presentaron un “téngase presente” ante el TC, refutando los argumentos presentados anteriormente en la que señalaron que la violencia y relaciones sexuales sin consentimiento no forman parte de la cultura de la isla y que la violación es siempre inaceptable e injustificable.

El alcalde de Rapa Nui, Pedro Edmunds Paoa, y hermano del presidente del consejo de ancianos dijo que envió una carta para que ONU Mujeres intervenga en este asunto.

De esta forma, el caso fue llevado al Tribunal Constitucional por el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui, que presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Finalmente, el TC determinará si procede la aplicación de la Ley Pascua en este caso.