El imputado trabajó como inspector de contrato en el acuerdo entre ENAP y la Empresa Brandt, por el mantenimiento y conservación en equipos menores en las instalaciones del Campamento en Posesión. El exfuncionario quedó con la medida cautelar de arraigo regional, tras ser acusado por cohecho, soborno y fraude al Fisco.

Con la medida de arraigo regional quedó el exfuncionario de ENAP, Manuel Soto Godoy, quien está acusado de cohecho, soborno y fraude al Fisco.

El imputado trabajó como inspector de contrato en el acuerdo entre la estatal y la Empresa Brandt, por el mantenimiento y conservación en equipos menores en las instalaciones del Campamento en Posesión.

El funcionario público se habría coordinado con Juan Brandt Barría para cobrar por trabajos que no se realizaron y dividirse las ganancias.

Cohecho, soborno y fraude al Fisco

A principios de 2020, la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) presentó una querella por cohecho cometido por empleado público, en contra Manuel Soto Godoy; y cohecho o soborno cometido por particular, en contra Juan Brandt Barría.

A mediados del mismo año, el Consejo de Defensa del Estado presentó acciones legales incorporando los delitos de fraude al Fisco y soborno.

Ayer, en el Juzgado de Garantía de Punta Arenas, se realizó la formalización a Manuel Soto Godoy.

El Ministerio Público indicó que la empresa del querellado Juan Brandt Barría prestó servicios a ENAP por más de 15 años. Sus trabajos se realizaban tanto en Tierra del Fuego como en el continente, incluyendo el edificio central de la estatal.

El 10 de junio de 2019 se adjudicó un contrato para realizar el mantenimiento y conservación en equipos menores en las instalaciones del Campamento en Posesión. Los valores se pagarían de acuerdo con los trabajos efectivamente realizados y los precios unitarios contenidos en la oferta.

Para asegurar el cumplimiento del acuerdo, ENAP designó al imputado, Manuel Soto Godoy, como inspector de contrato, siendo responsable de coordinar con el contratista todo lo relacionado al contrato.

Un error no forzado delató a los denunciados

El 5 de noviembre de 2019 el imputado envió desde su correo institucional, estando de vacaciones, un correo electrónico a Juan Brandt Barría, cuyo asunto refería “A favor septiembre”, conteniendo tres archivos tipo Excel identificados como “Facturación Brandt septiembre 2019 preliminar”, “Facturación Brandt 2019” y “A favor septiembre”. El correo señalaba: “Don Juan. Le adjunto la diferencia de septiembre. Saludos, Manuel”.

El mail contenía tres archivos donde se calculaban los pagos al contratista de acuerdo con sus trabajos efectivamente ejecutados en septiembre. Según indicó el Ministerio Público, los precios estaban abultados en 3.300.000 pesos, aproximadamente.

Un error no forzado delató a los denunciados. El correo electrónico iba con copia al jefe zonal de Mantenimiento de ENAP, quien comunicó inmediatamente lo sucedido a la gerencia. El inspector del contrato fue despedido y se dio término anticipado a los mantenimientos.

Arraigo regional para exfuncionario de ENAP

“Así las cosas, quedó de manifiesto que el imputado Manuel Soto Godoy, en las operaciones que intervino por razón de su cargo, defraudó a la Empresa Nacional del Petróleo, acordando con el coimputado, Juan Brandt Barría, incrementar artificialmente la facturación de la empresa Brandt con actividades no realizadas, para posteriormente una vez que ENAP pagaba a la empresa, dividir el adicional de esa facturación extra entre los dos, pagando Brandt a Soto la suma resultante en dinero en efectivo”, indicó el fiscal jefe, Fernando Dobson.

A esto agregó que “la función del señor Soto Godoy, en su calidad inspector de contrato, era comprobar que lo que estuviera siendo pagado por ENAP fuera exclusiva y únicamente por trabajos y prestaciones realizadas de manera efectiva por la empresa contratista, quedando en sus manos en consecuencia dar el visto bueno para los pagos cursados por la empresa”.

El Ministerio Público solicitó la medida cautelar de arraigo regional para Manuel Soto Godoy, cuyo domicilio está en Talcahuano, por lo que no podrá salir de la región del Bío Bío, mientras dure la investigación.

Por su parte, el coimputado, Juan Brandt Barría, no pudo ser notificado de la audiencia de formalización y se solicitó una nueva fecha para llevar a cabo este proceso, otorgando nuevos datos de contacto.

Finalmente, el plazo de la investigación se extendió por 90 días.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)