La Primera Sala del Tribunal Constitucional resolvió la admisibilidad de la presentación que efectuó la defensa de Martín Pradenas Dür, a través de la Defensoría Nacional Pública en la región Metropolitana, la cual busca forzar la posibilidad de recurrir de nulidad por la sentencia que lo condenó a 17 años de cárcel.

El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite un requerimiento presentado por la defensa de Martín Pradenas, quien fue condenado el pasado viernes a 17 años de cárcel por diversos delitos sexuales.

En concreto, la Primera Sala del TC resolvió la admisibilidad de la presentación que efectuó la defensa de Martín Pradenas Dür, buscando forzar la posibilidad de recurrir de nulidad por la sentencia que lo condenó a 17 años de cárcel.

Recordemos que el pasado viernes, Pradenas fue sentenciado por el Tribunal Oral en lo Penal a una pena única de 17 años de presidio, como autor de delitos sexuales cometidos entre 2010 y 2019, en Temuco y Pucón.

Esta sentencia resultó muy inferior a la que pedía la Fiscalía, y que generó cuestionamientos por parte de la familia de Antonia.

Es preciso afirmar que a la pena se le abonará el tiempo que ha permanecido en prisión preventiva. Es decir, pasaría sólo 14 años en prisión, aunque puede acceder antes de beneficios.

Defensa de Martín Pradenas no puede presentar recursos

Previamente, el pasado 7 de julio, cuando se dictó el veredicto condenatorio en contra de Martín Pradenas, donde fue declarado culpable, el fiscal Miguel Rojas, adelantó que la defensa de Pradenas no podría presentar recursos.

En concreto, el persecutor destacó que no habrían más juicios en torno a esta causa ya que “tal como se dieron las circunstancias en que nos encontramos con un primer fallo condenatorio, al ser condenatorio nuevamente este fallo, no habría posibilidades de recursos”.

Sin embargo, ahora la defensa de Pradenas, a través de la Defensoría Nacional Pública en la región Metropolitana, mediante el requerimiento presentado ante el Tribunal Constitucional, busca poder recurrir de nulidad tras la sentencia dictada en La Araucanía.

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Miércoles 31 Diciembre, 1969 | 21:00

Defensoría asegura que norma vulnera derecho a defensa

A juicio de la Defensoría, la norma vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia.

En la misma línea, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establecen como garantía judicial el derecho a que las sentencias condenatorias sean revisadas por un tribunal superior.

Por ello, en caso de acogerse la acción de inaplicabilidad, la defensa podría interponer un recurso de nulidad para que la Corte de Apelaciones de Temuco o eventualmente la Corte Suprema, revisen si la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco que lo condenó a 17 años de presidio se ajusta o no a derecho.

Ahora, el Tribunal Constitucional deberá resolver si declara o no admisible el requerimiento, lo que deberá zanjarse durante las próximas semanas.