La Corte Suprema rechazó los recursos de amparo interpuestos por la defensa del excomandante en jefe del Ejército, Humberto Oviedo, quien se mantiene en prisión preventiva hace 2 semanas tras ser procesado en el caso por los fraudes al interior de la institución castrense.

Por cinco votos a uno, con la oposición del auditor general del Ejército, Rodrigo Sandoval Calderón, la sala penal del tribunal máximo del país, rechazó los recursos de amparo a favor del general retirado.

El ex titular castrense se encuentra en esa condición tras ser procesado por la malversación 4.596 millones de pesos provenientes de los gastos reservados del Ejército. De esta manera se descartó un presunto actuar ilegal y arbitrario de la ministra Romy Rutherford quien dictó los cargos contra Oviedo y ordenó su detención.

“Esta sala penal ha sostenido, en reiteradas sentencias, que la acción constitucional de amparo no tiene por objeto enmendar o corregir eventuales vicios o defectos producidos en la tramitación de un procedimiento judicial” se lee en el fallo de nueve páginas. “Sin duda no se habría pronunciado de haber estado claro su sentido y alcance desde el día 9 de enero de 2019, la señorita ministra en visita
extraordinaria pudo razonablemente comprender, sin infringir ni la Constitución ni la ley, que la suspensión del procedimiento tenía carácter parcial y no total” concluye la resolución.

En el escrito, dos integrantes de la sala penal -los ministros Jorge Dham y Mauricio Silva- estuvieron por prescindir de la integración en el tribunal del auditor general del Ejército, lo que fue desechado por la mayoría.

La sala penal de la Corte Suprema no se pronunció por la libertad de oficio solicitada por la defensa de Oviedo, pues para mañana está en tabla la apelación a otro recurso que fue desechado el viernes pasado por la Corte Marcial.

Los recursos de amparo ya habían sido rechazados anteriormente por la Corte Marcial, por lo que se mantendrá con la medida cautelar y las investigaciones continuarán su curso, a menos que el Tribunal Constitucional, ante el nuevo requerimiento del Consejo de Defensa del Estado, avance en su decisión de resolver las indagatorias.

La controversia por el Tribunal Constitucional

En los alegatos, la integrante del Consejo de Defensa del Estado (CDE), la abogada María Inés Horvith, cuestionó al Tribunal Constitucional por la falta de claridad al suspender la indagatoria contra Oviedo y respaldó a la ministra a cargo de la investigación, Romy Rutherford.

Dijo que este general retirado y el otro excomandante en jefe del Ejército detenido, Juan Miguel Fuente-Alba, afectaron la seguridad nacional por hacer mal uso de los gastos reservados dispuestos para la defensa del país.

A sus dichos se sumó el documento ingresado por el CDE al TC, firmado por la titular María Eugenia Manaud, en el que el consejo pide al tribunal revisar lo antes posible el fallo en que se paralizaron las indagatorias en contra de Oviedo.

A contramano, la defensa del general (r) Oviedo, el abogado Gonzalo Rodríguez, criticó a la jueza Rutherford por realizar diligencias, interrogar y detener a su cliente, estando impedida por orden del Tribunal Constitucional.

Con todo, para zanjar el manto de dudas que dejó la determinación del TC, el lunes la ministra en visita envió un oficio a dicha instancia para que aclare si la causa queda suspendida respecto a todos los militares inculpados en su investigación y si afecta esta suspensión a los arrestos preventivos, como el de Oviedo y Fuente-Alba.

El escrito será resuelto este miércoles por la primera sala del TC, según las fuentes consultadas.

En tanto, el general (r) Fuente Alba, detenido desde el 14 de febrero como presunto autor de malversación de caudales públicos y lavado de activos, sumó una querella del CDE por estos delitos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)