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La Corte Suprema ha determinado como improcedentes las pruebas presentadas por la defensa de Héctor Llaitul, líder de la CAM, condenado a 23 años de presidio por delitos bajo la Ley de Seguridad Interior del Estado. Los audios aportados por la defensa fueron descartados como pruebas válidas para sustentar el alegato en la causa de nulidad por el caso que lo llevó a la cárcel, lo que ha sido criticado por la abogada Victoria Bórquez, quien señala que se están limitando las herramientas de la defensa. Además, se ha informado que el recurso de nulidad se ha retrasado debido a la falta de disponibilidad de tribunal, ya que el ministro Leopoldo Llanos, padre de uno de los abogados querellantes, está involucrado en la causa. La defensa ha presentado un recurso de reposición para que se reconsidere la resolución y se permita el uso de las pruebas una vez se tramite el recurso de nulidad.
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La Corte Suprema resolvió como improcedente las pruebas que usaría la defensa de Héctor Llaitul, líder de la CAM, condenado a 23 años de presidio dictado por el Tribunal Oral de Temuco, por delitos bajo la Ley de Seguridad Interior del Estado.
El día Lunes 24 de junio se resolvió por parte de La Corte, que los audios que presentó la defensa para usarlos como prueba, y acreditar las causales subsidiarias del recurso no eran procedentes, lo que significa que no pueden utilizar esos audios para sustentar el alegato en el recurso de nulidad de la causa que lo condenó a cárcel.
Con esta resolución, para la defensa le están limitando las herramientas, además acusan que no están las razones que motivó al tribunal a rechazar las pruebas, así lo señaló su abogada Victoria Bórquez.
Con respecto al recurso de nulidad, la defensa acusó que este se a atrasado 2 semanas, ya que la Corte Suprema informó que no tenía tribunal disponible, ya que el ministro Leopoldo Llanos es padre de uno de los abogados querellantes en la causa de usurpación violenta del fundo San Sebastián contra Llaitul.
Ante esto, la defensa presentó un recurso de reposición para que la Corte Suprema corrija la resolución y declare procedente los audios y las pruebas, para usarlos una vez se tramite el recurso de nulidad.
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