Fue rechazado el recurso de protección contra un acuerdo para hacer juicios orales de manera remota, a raíz del protocolo del comité de jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Los Ángeles.

La presentación fue hecha por un abogado defensor penal privado, quien sostenía que era ilegal y arbitrario realizar audiencias por el sistema de videoconferencias, como se ha hecho durante la pandemia.

Sin embargo, el recurso fue rechazado y el fallo argumenta que “la situación sanitaria que afecta al país no puede traducirse en la imposibilidad absoluta de realizar juicios orales en materia penal”.

La juez del Tribunal Oral en lo Penal angelino, Paola Schissano, explicó que tanto el tribunal de primer y segundo grado coincidieron en la decisión.

Además, se indicó que el uso de los medios tecnológicos apropiados impide que se afecte el derecho de defensa, ya que se resguarda la posibilidad de hacer los descargos y rendir las pruebas de manera oportuna.

El proceso que originó el recurso rechazado

Para el caso particular, se señaló que se puede escuchar y observar así todas y cada una de las alegaciones de los intervinientes, incluyendo el derecho de la imputada para prestar declaración.

El proceso que originó el recurso tiene relación con una contadora, que se desempeñó en una empresa, y que en sus funciones habría generado órdenes de egreso que daban cuenta de pagos imaginarios. Generando, de esta forma, cinco cheques a personas de su confianza, quienes los cobraron para luego hacerle llegar un monto que superaba los 7 millones de pesos.

Aquellos hechos se califican jurídicamente como delito reiterado y consumado de falsificación de instrumento privado mercantil, en concurso medial con el delito de estafa, en los que se atribuye a la acusada participación criminal de autora.

La audiencia para fijar la fecha del juicio oral se realizará el próximo lunes 31 de agosto a las 09:00 horas.