En la demanda, el afectado reveló que la Fiscalía archivó su denuncia por usurpación de identidad. Finalmente, la Corte Suprema ordenó el pago de $8.079.219, aunque el hombre pedía $102.510.785.

La Corte Suprema ordenó al Fisco de Chile a indemnizar a un hombre de Arica que fue arrestado en tres oportunidades al aparecer condenado siendo inocente.

¿Cómo? Alguien suplantó su identidad y Carabineros ni la Fiscalía advirtieron aquello.

En su fallo, la Tercera Sala del máximo tribunal determinó que quedó en evidencia “la pasividad del Ministerio Público”.

Eso para “identificar al posible responsable de la suplantación de identidad, no constando en el expediente elementos que acreditaran actividades y acciones precisas que hubiere realizado el ente persecutor a fin de satisfacer el principio de exhaustividad que guía su actuar, debiendo hacerlo”.

“Con esta conducta, prolongada en el tiempo, se configura la falta de servicio que se le reprocha en la presente demanda”, añadieron los ministros.

Sobre la policía uniformada, la justicia estableció que su eventual responsabilidad está inmersa en la del Ministerio Público “puesto que atento su rol debía limitarse a llevar a efecto las órdenes de este último”.

En la demanda, el afectado incluso reveló que la Fiscalía archivó su denuncia por usurpación de identidad.

Finalmente, la Corte Suprema ordenó el pago de $8.079.219 ($8 millones por daño moral y $79.219 por daño emergente) aunque el monto solicitado por el afectado alcanzaba los nueve dígitos.

En concreto, este pedía un total de $102.510.785: $80 millones por daño moral, $21.811.566 por lucro cesante ($519.323 por cada uno de los 42 meses que
estuvo sin desarrollar actividades laborales) y $699.219 por daño emergente (cancelación de multas injustamente pagadas, viajes a Calama más estadía, alimentación y locomoción allí).

Detenciones

La primera detención ocurrió el 7 de septiembre de 2012, en el control fronterizo de Chacalluta.

Eso debido a una orden de aprehensión en su contra emanada del Juzgado de Garantía de Calama.

¿La razón? No haber cumplido con el pago de una multa impuesta en el juicio simplificado en el que aparecía condenado por su participación en calidad de autor del delito de porte de arma cortante o punzante.

La multa en cuestión la pagó ese mismo día.

Después de eso, el 16 de octubre de 2012, el mismo Tribunal de Calama despachó una nueva orden de detención en su contra.

Esta vez, eso sí, por el no pago de una Unidad Tributaria Mensual (UTM) por su supuesta participación en calidad de autor, en grado de frustrado, del delito de hurto.

Esa multa fue pagada el 19 de octubre, constató la Corte Suprema.

Denuncia de suplantación de identidad y tercera detención

Tras el primer lío judicial, el demandante acudió a la Fiscalía el 11 de septiembre de 2012.

En la instancia efectuó una denuncia por usurpación de nombre, pero nunca tuvo noticias de ello.

Finalmente viajó nuevamente a Calama, pero un año después, el 24 de septiembre de 2013.

En ese periplo acudió a la Policía de Investigaciones, justamente para obtener información respecto a su denuncia.

“Estando en el lugar antes señalado fue nuevamente detenido, pero esta vez por una orden emanada en la causa Rit N° 4165-2013, también del Juzgado de Garantía de Calama, en la cual se requirió, en un procedimiento simplificado, al detenido identificado con su nombre y cédula de identidad, juicio en el cual fue condenado a la pena de 41 días de prisión en su grado máximo, multa de una Unidad Tributaria Mensual más las accesorias legales por su responsabilidad en el delito de hurto simple (…) perpetrado el 6 de julio de 2013, es decir, con posterioridad a la denuncia que formuló por usurpación de nombre, misma que fue archivada provisionalmente por el Ministerio Público”, señalaron los jueces en el fallo.