La Corte de Apelaciones de Coyhaique revocó de manera unánime la suspensión del procedimiento penal sobre el diputado Miguel Ángel Calisto, en el marco de una investigación por presunto fraude al fisco, y ordenó que la causa continúe su tramitación.
La decisión acogió el recurso presentado por la Fiscalía Regional de Aysén y el Consejo de Defensa del Estado (CDE), dejando sin efecto la resolución adoptada el pasado 4 de enero por el Juzgado de Garantía de Coyhaique, que había suspendido el procedimiento una vez concluida la audiencia de formalización del parlamentario.
Corte ordena seguir causa contra diputado Miguel Ángel Calisto
La Corte estimó que la suspensión decretada por el tribunal de primera instancia no tenía sustento jurídico, ya que se basó en el artículo 615 del antiguo Código de Procedimiento Penal, norma que no está vigente en la región desde la implementación de la Reforma Procesal Penal en 2002.
En su resolución, el tribunal de alzada sostuvo que “resulta contrario a derecho fundamentar la suspensión del procedimiento” en dicha disposición, precisando que esta aludía a facultades del antiguo juez del crimen, competencias que no posee un juez de garantía.
Además, subrayó que la materia está regulada en los artículos 416 y siguientes del Código Procesal Penal, los cuales no contemplan una suspensión automática por fuero parlamentario.
Los argumentos de la Fiscalía
Durante los alegatos, el fiscal regional de Aysén, Hernán Libedinsky Moscovich, cuestionó la decisión del Juzgado de Garantía de esa ciudad, señalando que fue adoptada sin solicitud de las partes ni debate previo.
Calisto fue formalizado por delitos reiterados de fraude al fisco por un monto superior a 100 millones de pesos, por presuntas asesorías parlamentarias que, según la investigación, nunca se habrían prestado entre 2018 y 2022.
El Ministerio Público también fue enfático en descartar la necesidad de un nuevo desafuero. Según explicó, Calisto ya fue desaforado tanto por la Corte de Apelaciones de Coyhaique como por la Corte Suprema, mediante sentencias firmes y ejecutoriadas, por hechos cometidos cuando ejercía como diputado.
En esa línea, la Fiscalía sostuvo que la legislación chilena contempla un solo procedimiento de desafuero para diputados y senadores, ya que el fuero protege la función parlamentaria y no el cargo específico.
Miguel Ángel Calisto fue formalizado junto a otras tres personas: Carla Nicole Graff Toledo, Roland Andrés Cárcamo Catalán y Felipe Ignacio Klein Vidal. A todos se les imputan hechos que serían constitutivos de delitos reiterados de fraude al fisco.
Tras la audiencia del 14 de enero, el tribunal fijó un plazo de investigación de 120 días.