El Juzgado de Garantía de Temuco no revisará la querella que presentó el Ministerio del Interior, en contra de Tomás León Marinkovic, paciente contagiado con Covid-19 que ignoró recomendaciones y tomó un vuelo desde Santiago al sur.

Lo anterior, argumentando que esta querella debe ser presentada en tribunales de la capital donde los hechos denunciados comenzaron a realizarse.

El Gobierno presentó primero una denuncia y luego una querella en contra del ingeniero civil que registra domicilio en el sector oriente de la región Metropolitana y viajó hasta La Araucanía para participar de un matrimonio.

Producto de su actuar, 27 personas que viajaron cerca de él en el avión tuvieron que iniciar cuarentenas preventivas. Por otro lado, la Fiscalía Local de Villarrica (comuna donde fue el matrimonio) abrió una investigación de oficio por el delito contemplado en el Artículo 318 del Código Penal.

No obstante, tras la resolución del Juzgado de Garantía de Temuco, la investigación se trasladará a la Fiscalía Metropolitana Occidente (Santiago) considerando que los delitos se cometen donde se le da principio a su ejecución.

“Será competente para conocer de un delito el tribunal en cuyo territorio se hubiere cometido el hecho que da motivo al juicio. El juzgado de garantía del lugar de comisión del hecho investigado conocerá de las gestiones a que diere lugar el procedimiento previo al juicio oral. El delito se considerará cometido en el lugar donde se hubiere dado comienzo a su ejecución”, reza el Artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales que usó el tribunal para argumentar la decisión de no acoger a trámite la querella.

“Atendido lo señalado expresamente por parte de la querellante en orden a que los hechos que fundan la querella interpuesta comenzaron su ejecución en la ciudad de Santiago de Chile, y atendido lo dispuesto en el artículo 16 y 157 incisos 1 y 3 del Código Orgánico de Tribunales, se resuelve, interpóngase la querella ante el Tribunal correspondiente”, detalla la resolución judicial.

Con todo, se espera que el Ministerio del Interior ingrese ahora la querella en el tribunal correspondiente, tal como indica el Código Orgánico de Tribunales que obvió el equipo jurídico de la secretaría de Estado.