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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) recordó medidas para mutualidades, Compin, Isapres y Cajas de Compensación ante los incendios en Ñuble y Bío Bío, con más de 1.533 damnificados y 325 viviendas afectadas. Se destaca que no se deben rechazar licencias médicas por atraso, emitir licencias de reemplazo en caso de pérdida y suspender pagos de créditos sociales. Además, se deben considerar las condiciones de desplazamiento de trabajadores y la protección en accidentes de trayecto.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) recordó las medidas que deben tomar las mutualidades, el Compin, las Isapres y Cajas de Compensación ante las emergencias por incendios forestales que, en esta ocasión, han golpeado fuertemente a las regiones de Ñuble y Bío Bío.

Según las últimas cifras oficiales, hay más de 1.533 personas damnificadas, con más de 600 de ellas en albergues, sumado a 325 viviendas afectadas, número que puede aumentar con el paso de las horas al igual que las personas fallecidas, 19 al momento de redactar esta nota.

Bajo este contexto de emergencia y en zonas de excepción constitucional, la Suseso recordó que “no corresponde rechazar licencias por presentación fuera de plazo ni sancionar a empleadores que no hayan podido tramitarlas oportunamente debido a la emergencia”.

Suseso por emergencias e incendios en el Bío Bío y Ñuble

“Asimismo, en caso de extravío, daño o destrucción de licencias en formato papel, las Compin o Isapre deberán emitir licencias de reemplazo. Cuando las personas trabajadoras enfrenten dificultades para que su empleador gestione la licencia médica, podrán realizar el trámite directamente, entendiendo las circunstancias excepcionales que impone la emergencia”, añadieron en un comunicado.

En cuanto a las Cajas de Compensación, las instituciones pueden disponer de facilidades como la “suspensión temporal del pago de créditos sociales trasladando las cuotas al término del plazo convenido para el pago sin costos adicionales”.

También se pueden reprogramar pagos hacia condiciones más favorables, otorgar períodos de gracia y la entrega de prestaciones adicionales, tanto en dinero como servicios.

A su vez, la Superintendencia recordó que las mutualidades (Achs, IST, Mutual de Seguridad) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), deben considerar las condiciones de desplazamiento que pueden enfrentar los trabajadores bajo una emergencia.

Bloqueo de calles por escombros o falta de transporte público puede ser parte de las complejidades que pueden sufrir las personas en este tipo de emergencias, sumado a que en el caso del Gran Concepción, se han conocido capturas que muestran filas de vehículos abandonados y que fueron quemados por el paso de las llamas.

“En este sentido, los accidentes de trayecto ocurridos en rutas alternativas -producto de cortes de camino u otras dificultades asociadas a los incendios- deben ser evaluados como parte de la cobertura del seguro de accidentes del trabajo, resguardando así la protección de las personas trabajadoras”, sentenció la Suseso.

La Dirección del Trabajo (DT) también hoy ha hecho incapié en los derechos de los trabajadores en medio de los incendios, principalmente “la protección de la vida y la salud” de los mismos por parte del empleador.

Así, el organismo recordó que las personas “tienen derecho a interrumpir sus labores y abandonar el lugar de trabajo cuando existan razones justificadas para estimar que su vida o salud se encuentran en riesgo”.

En esta línea, agregó que los empleadores deben tomar las medidas necesarias para cuidar a los colaboradores, y que en caso de tener que pausar las operaciones, las remuneraciones y continuidad laboral no tienen que verse afectadas.

A su vez, las personas podrán volver al trabajo solo cuando las condiciones sean seguras.