La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó a Nueva Masvida S.A afiliar a recurrente que fue rechazado por cuatro isapres, por presentar preexistencias.

En fallo dividido, la Tercera Sala del tribunal estableció el actuar arbitrario e ilegal de las cuatro instituciones de salud privada, al rechazar al recurrente.

El fallo plantea que las personas tienen el derecho a elegir libremente el sistema de salud público o privado al que desee adherirse: “No puede privar a su titular sobre la base de la evaluación del riesgo financiero que le representaría la afiliación”.

Asimismo, la resolución agrega que: “En el caso de autos, como se ha visto, la especial situación fáctica de que da cuenta el recurso en el sentido que no sólo una sino cuatro Instituciones de Salud Previsional denegaron, una tras otra, al recurrente la afiliación a ellas, todas por el mismo motivo, permite establecer a los efectos de este recurso, que con su actuar las recurridas la privaron de poder ejercer legítimamente su derecho constitucional y legal a elegir libremente el sistema de salud al que desea adscribirse”.

Por este motivo, el máximo tribunal decidió acoger la acción y disponer que Nueva Más Vida S.A deberá incorporar al actor como afiliado.