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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Reforma Previsional de agosto de 2025 incorpora un sistema solidario para mejorar las jubilaciones, incluyendo beneficios como el Beneficio por Años Cotizados y la Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida para mujeres. Este sistema se financia con un incremento de la cotización de los empleadores al 8.5%, administrado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional. Además, se implementa el Seguro Social Previsional y la Cotización con Rentabilidad Protegida.

Uno de los elementos más importantes en la Reforma Previsional es la creación de este sistema solidario, cuyo objetivo es mejorar las jubilaciones de las personas que están pensionadas y de quienes lo hagan a futuro.

Este componente del pilar contributivo del sistema entregará prestaciones como el Beneficio por Años Cotizados o la Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida para las mujeres.

¿Cuándo se implementará en la Reforma Previsional?

El nuevo aporte comenzó a partir del 1 de agosto de 2025, y de esta manera se incorporan al Seguro Social Previsional (SSP), de forma automática, los actuales pensionados por vejez e invalidez, como también, aquellos que hayan cotizado en el sistema de AFP antes de la fecha mencionada anteriormente.

De igual forma, se integran los trabajadores dependientes e independientes, que ingresen al mercado laboral a partir de esa fecha.

¿Cómo se financiará este Seguro Previsional?

Este sistema será financiado por los empleadores, a través de la cotización, que se incrementará gradualmente hasta alcanzar un 8,5%. De este porcentaje, un 4% se destinará directamente al Seguro Social Previsional.

Además, los fondos de este seguro serán administrados por un nuevo organismo, llamado el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).

¿Cuáles son los beneficios del Seguro Social?

– Beneficio por Años Cotizados (BAC): Este es un aporte económico a la pensión en reconocimiento a los años cotizados. Además, es transitorio y estará disponible para actuales y futuros pensionados durante los próximos 30 años. El monto es de 0,1 UF mensual por cada 12 meses cotizados, con un máximo de 2,5 UF (25 años).

– Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida (CEV): Es un beneficio para mujeres de 65 años o más que hayan cotizado y reciban pensión de vejez o invalidez, no cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que entrega un monto adicional para compensar la brecha entre las pensiones de las mujeres con las de hombres con la misma cantidad de cotizaciones y mismo grupo familiar.

– Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP): Es una cotización que realizarán las y los empleadores a partir de agosto de 2026, que servirá para financiar el Beneficio por Años Cotizados de las actuales personas pensionadas. Este monto será devuelto, a las y los trabajadores cuando se pensionen, y tiene un rendimiento mínimo garantizado.

Es importante señalar que, la CRP durará 30 años. Luego, el 1,5 % y el 4,5 % que paga el empleador irán directo a la cuenta individual (AFP) del trabajador o trabajadora.

– Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Este beneficio ya existe, pero pasará a ser parte del Seguro Social Previsional (SSP) a partir de la cotización de agosto de 2026, que se paga al mes siguiente. Sin embargo, los detalles de su implementación serán especificados en una nueva ley que debe ser presentada al Congreso Nacional durante 2025.

¿Quiénes serán las personas beneficiarias?

Aquellas personas jubiladas o que se pensionen por vejez o invalidez a través de una AFP recibirán este apoyo económico automáticamente cuando tengan 65 años y cumplan con los demás requisitos.

Cabe destacar que, tendrán derecho al Beneficio por Años Cotizados y a la Compensación por Diferencia de Expectativa de Vida desde enero de 2026, en el caso de que ya tengan 65 años o los cumplan después, siempre que estén pensionadas y cumplan las condiciones correspondientes.