Este martes la Corte Suprema acogió dos recursos de unificación de jurisprudencia y reiteró que los trabajadores de call center, en caso de trabajar 36 horas semanales, deben recibir como remuneración, a lo menos, un sueldo mínimo mensual, por considerar que cumplen una jornada laboral completa.

De esta forma, en un fallo unánime la Cuarta Sala del tribunal determinó que al exceder las 36 horas de trabajo la jornada laboral parcial, los trabajadores deben recibir sus remuneraciones de manera íntegra.

Recordemos que por ley la jornada de trabajo parcial no puede sobrepasar las 30 horas semanales.

Por esta razón en el fallo sostiene que en caso de sobrepasar el límite horario que estipula la ley el “sueldo que no podrá ser inferior al mínimo vigente, proporcionalmente calculado en relación con la jornada ordinaria de trabajo”; es decir, el ordenamiento permite solucionar la proporción del ingreso mínimo mensual, de acuerdo con las horas faenadas.