La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que la Autopista del Maipo debe pagar una indemnización total de 600 millones de pesos al cónyuge, hijos y padres de una mujer que murió en marzo de 2012, producto de las heridas que le provocó una pedrada lanzada al automóvil en que viajaba.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la condena que ordenó indemnizar a la familia de Andrea Urrejola Montenegro, quien murió el 9 de marzo de 2012, por el golpe de una piedra de dos kilos de peso, que fue lanzada desde una pasarela peatonal, a la altura del kilómetro 97 de la Autopista del Maipo, en las cercanías de Requínoa.

La sentencia ratifica el fallo del 30º Juzgado Civil de Santiago que estableció la responsabilidad por el actuar negligente de la concesionaria al no mantener las condiciones de seguridad de la vía.

“No estamos frente a una responsabilidad objetiva, sino, como se dijo, a un actuar negligente en la mantención de una ruta concesionada, negligencia que produjo el trágico accidente que nos ocupa. Más aún si luego de producido éste, se procedió a tomar medidas de seguridad que antes no existían, no siendo excusa válida que si el MOP no las exige ellos no tienen obligación de tomarlas”, dice el fallo.

La sentencia determina que la concesionaria debe pagar la suma de 100 millones de pesos para Héctor Olea Matte, cónyuge de la víctima; la misma suma para cada uno de los cuatro hijos de Andrea Urrejola; 50 millones de pesos para el abogado Eduardo Urrejola González, padre de la víctima y ex abogado consejero del Consejo de Defensa del Estado; y la misma suma para María del Pilar Montenegro, madre de la mujer.