La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de amparo presentado, en enero pasado, por el Instituto Nacional de Derechos Humanos, en contra de Carabineros por vulnerar el derecho a la libertad personal e individual de dos comuneros mapuches, durante un desalojo en Río Bueno.

Los hechos se remontan al 9 de enero, cuando un grupo de personas participaba del trawun que organizó la comunidad mapuche marriao Collihuinca en el Fundo Lumaco Bajo, mientras se desarrollaba la ceremonia Fuerzas Especiales de Carabineros irrumpió en el predio para desalojarlos, resultando heridos los comuneros Miguel Ángel Antiqueo Painen, proveniente de Carahue en La Araucanía y de Violeta Coliñir Flades, con domicilio en el sector Isla Teja de Valdivia,

Antiqueo recibió un proyectil en un ojo, por lo que arriesga perder la vista y ya ha sido intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades.

A su vez durante el desalojo resultó herido con un proyectil de bala el mayor de Carabineros de Río Bueno, Juan Pablo Ríos, quien no presentaba lesiones de gravedad.

El fallo del tribunal alzada sostiene que “el accionar de Carabineros no fue proporcional y que el uso de los medios disuasivos se realizó al margen de los protocolos institucionales”.

Además la Corte indica que un vídeo presentado por la institución uniformada, que queda en evidencia que la integridad física de los carabineros jamás estuvo amenazada.

El dictamen ordena a Carabineros “ajustar sus actuaciones a lo que ordenan la Constitución, los tratados internacionales vigentes en Chile, las leyes y los protocolos diseñados institucionalmente, especialmente en lo que dice relación con comuneros mapuche que participen en procesos reivindicatorios”.

A su vez el INDH, destacó que en los últimos años han sido reiterados los fallos de la Corte de Apelaciones de Temuco y de la Corte Suprema acogiendo recursos de amparo en casos de vulneraciones de derechos en el marco de procedimientos policiales.