El hombre acusado por el delito de femicidio tentado en Osorno fue sentenciado al cumplimiento de una pena efectiva de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo. El victimario, identificado como Iván Solís Mancilla, amordazó y ató a su pareja la noche del 17 y la madrugada del 18 de septiembre del pasado 2011, además de amenazarla con realizarle quemaduras y que la mataría.

Gracias a la pruebas periciales provenientes de Puerto Montt, se logró acreditar que tanto las ataduras como parte de la ropa de la mujer, mantenían residuos de un líquido altamente combustible.

En tanto, fue absuelto por el segundo delito imputado por el Ministerio Público, correspondiente a desacato judicial en grado consumado.

En la lectura de sentencia, ejecutada en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Osorno, el magistrado otorgó la rebaja en dos grados la condena, al considerar las atenuantes 11 número 6 y 11 número 9 del código procesal penal, que dicen relación con la irreprochable conducta anterior y la colaboración sustancial durante todo el proceso judicial en su contra.

Recordemos que lo solicitado por el Ministerio Público y la parte querellante, correspondía 10 años de presidio efectivo, relativo a la penalidad máxima del presidio mayor en su grado mínimo.

Así lo confirmó a La Radio la abogada querellante Cristina Reyes, perteneciente al Centro de la Mujer en Osorno, argumentando que por su parte queda la conformidad que se acogió lo solicitado por ellos, que era que el condenado cumpliera una pena de presidio efectivo.

Recordemos que la atenuante de la irreprochable conducta anterior fue rebatida en todo momento tanto por Fiscalía como por la parte querellante, dado que el hombre mantenía una suspensión condicional producto de un caso de violencia intrafamiliar denunciado anteriormente por la misma víctima. Ante esto, Reyes señaló que la atenuante puede ser interpretada de acuerdo al magistrado, donde cada juez está en su derecho y en su alcance de interpretarlo de la manera que lo estime conveniente.

No obstante, a los 3 años y 1 día de presidio efectivo se restará el tiempo que Solís estuvo en prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Osorno, correspondiente a 400 días, dado que ingresó a dicho recinto el 13 de octubre de 2011 luego de ser formalizado, permaneciendo en dicha calidad hasta la fecha.

Finalmente, la abogada del Centro de la Mujer, añadió -respecto a la víctima- que ésta en todo momento fue asesorada por el organismo tanto en la parte jurídica, como en la ayuda psiquiátrica tras el episodio vivido, donde participó de talleres contando con ayuda Psicológica de los especialistas del centro, donde se le prestó toda la asistencia necesaria.