La moción propone eliminar el artículo 48 del Decreto Ley N° 1.094, que permite en casos excepcionales el trabajo de extranjeros con visa de turista.

La iniciativa, fue presentada por los diputados UDI David Sandoval, Nino Baltolu, Eugenio Bauer, Romilio Gutiérrez, Iván Moreira, Manuel Rojas, Ignacio Urrutia, Carlos Vilches y Gastón Von Mühlenbrock, junto al diputado RN Leopoldo Pérez, y será analizada en la Comisión de Gobierno Interior.

El texto explica que a los extranjeros que ingresan al país como turistas, se les otorga una visa de 90 días, la que los faculta a entrar y transitar por el país, pero le impide quedarse en forma permanente y realizar labores remuneradas.

Sin embargo, en el artículo 48 del Decreto Ley 1.094, se faculta al Ministerio del Interior, Gobernación Provincial e Intendencia de la Región Metropolitana, para autorizar, en casos calificados, que el turista trabaje en Chile por un plazo no mayor de 30 días, prorrogables por períodos iguales hasta el término del permiso de turismo, es decir 90 días como máximo, entregándoseles a estas personas una tarjeta especial que debe contener las menciones indicadas en el Reglamento de Extranjería y debiendo cumplir los requisitos legales.

Este tipo de autorizaciones, pese a haber sido creada como una norma para casos excepcionales, se ha extendido, especialmente en lo relativo al desarrollo de actividades turísticas por parte de extranjeros.

“El crecimiento de la actividad destaca en la región de Aysén, especialmente en Coyhaique, donde los operadores turísticos suelen no ser nacionales, generando la consecuente merma de fuente laboral y de desarrollo empresarial a favor de los chilenos y por consiguiente, provocando que los ingresos que se obtienen por el desarrollo de una actividad que suele ser costosa, no queden en Chile, sino que vayan al país de donde proviene el operador”, añade el texto.

Asimismo, “por el carácter excepcional y las limitaciones que este permiso posee, tales como requerir para su obtención el pago de derechos que corresponden al 150% del valor de la visa sujeta a contrato de trabajo y las autorizaciones respectivas tanto para se otorgue como para su prórroga, es que se concluye que su otorgamiento es excepcional, de manera que, frente a una utilización desviada de su objeto primitivo, estimamos que la facultad discrecional, carente de criterios o parámetros objetivos para su otorgamiento, entregada a las autoridades administrativas, es innecesaria”, dicen los autores.

Por ello, se propone, a efectos de evitar un mal uso de la facultad, suprimirla en la Ley de Extranjería, limitando la posibilidad de los extranjeros de realizar actividades remuneradas a la obtención de visa de residentes sujetos a contrato de trabajo y regulado de manera detallada en otros artículos de la ley.