La Corte Suprema frenó la práctica anti sindical de una empresa prestadora de servicios, que impedía sus empleados darse una organización gremial en la ciudad de Temuco y rechazó un recurso interpuesto contra la Dirección del Trabajo Araucanía.

El fallo de la Corte Suprema rechazó el recurso de casación que emprendió la empresa EULEN en contra de resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco, que a su vez que rechazo petición de protección en contra de la Dirección del Trabajo Araucanía, que validó la organización sindical que se dio un grupo de empleados.

El Director Regional del Trabajo, Humberto del Pino, señaló su satisfacción por la resolución del máximo tribunal del país, que a su juicio, defiende el derecho de los trabajadores a asociarse y negociar en forma colectiva, situación que está absolutamente garantizada en esta administración.

El abogado del Pino, hizo presente que al constituirse la organización sindical, la inspección provincial certificó la cantidad de 134 trabajadores, cantidad que coincide con el número constatado por la fiscalizadora en terreno donde el 30% es 40, 2, habiéndose constituido este sindicato con 41 trabajadores, lo que demuestra que se dio cumplimiento a la ley vigente.