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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó a la Pontificia Universidad Católica de Chile a pagar una indemnización de $75.000.000 por daño moral a un paciente afectado tras una cirugía en su hospital clínico, debido a secuelas estéticas severas tras tratar una rinofima severa. El tribunal confirmó que el procedimiento no se realizó con la debida diligencia y desestimó la argumentación de la universidad, validando el monto de la indemnización por daño moral. De esta manera, se confirma la responsabilidad del hospital clínico y la compensación para el paciente afectado.
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó a la Pontificia Universidad Católica de Chile a pagar una indemnización de $75.000.000 por daño moral a un paciente afectado tras una cirugía en su hospital clínico.
La resolución del tribunal de alzada confirmó el fallo del 22° Juzgado Civil de Santiago, que determinó el incumplimiento de la lex artis médica.
El caso involucra a un paciente que ingresó a pabellón para tratar una rinofima severa, una afección que provoca alteraciones en la morfología nasal. Sin embargo, tras la intervención, sufrió secuelas estéticas severas.
El fallo unánime de la Cuarta Sala del tribunal –integrada por la ministra Elsa Barrientos, el ministro Matías de la Noi y la abogada (i) Catalina Infante– determinó que la universidad no logró acreditar que el procedimiento se realizó con la debida diligencia.
“El médico tratante fue el primer sorprendido de los resultados de la intervención, transcurrido un mes desde la operación, minimizando a su vez los efectos de lo sucedido al mínimo”, consigna la sentencia.
Asimismo, el tribunal desestimó el argumento de la Universidad Católica, que atribuyó el resultado a la ausencia del paciente en controles posoperatorios. “No existe referencia alguna a las deformaciones en los registros médicos”, señala la resolución.
Finalmente, la Corte validó el monto de la indemnización por daño moral, indicando que se encuentra debidamente acreditado en el fallo original.
De esta manera, la justicia confirmó la responsabilidad del hospital clínico del plantel y la compensación para el afectado.
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