El Quinto Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda deducida en contra de la Municipalidad de Lo Prado por discriminación contra la ciudadana haitiana Joane Florvil, quien fue denunciada por supuestamente abandonar a su bebé en dependencias municipales, lo que fue posteriormente desacreditado por la justicia.

En el fallo, la magistrada María Soledad Jorquera Binner acogió la demanda presentada por la familia de Joane Florvil y condenó al municipio a pagar una multa de 20 UTM, es decir, $967.000 (UTM enero); y a capacitar a sus funcionarios para atender apropiadamente a extranjeros que no hablan español.

El fallo rechaza la determinación de la Dirección de Desarrollo Comunitario (DIDECO) de derivar a Joane a otra dependencia cuando acudió al departamento municipal.

“Carece de justificación razonable que no se atendiera a Joane, como se hace con las demás personas que acuden a dicho centro y en vez de hacerla ingresar a las dependencias, a fin de poder buscar la forma de ayudarla, sea derivada a otro lugar, lo que además, tampoco pudo haber sido entendido por ella, si el guardia ya había notado que no hablaba español”, sostiene el fallo.

Así, agrega, “el trato diferente dado a Joane Florvil, otorgado por uno de los demandados, la Municipalidad de Lo Prado, fundado en su condición de extranjera que no habla el idioma español, constituye un acto discriminatorio motivado por la nacionalidad e idioma“.

De acuerdo a lo detallado por el fallo, el pago de la multa será en beneficio fiscal.