La Tercera Sala de la Corte Suprema falló a favor de la Congregación Carmelitas Descalzas del Amor Misericordioso y ordenó a que el Comité de Ministros revise la solicitud de de invalidación de Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de Central Hidroeléctrica El Canelo.

De acuerdo a un fallo unánime, se resolvió acoger el recurso de casación en contra de la sentencia del Segundo Tribunal Ambiental que había rechazado la reclamación interpuesta por las mismas.

La congregación alegaba que su vida se vería afectada por la instalación del proyecto, que pretendía hacer pasar sus ductos por el terreno que comprende el convento, ubicado en el sector de San Alfonso en el Cajón del Maipo en la región Metropolitana. De esta manera, desde Carmelitas Descalzas buscaban volver a la etapa de evaluación de la RCA por parte del Comité de Ministros para que analicen a fondo las circunstancias y efectos del proyecto.

De acuerdo al fallo, se estableció que la congregación realizó observaciones en todas las instancias de participación en la evaluación del proyecto y que la solicitud de invalidación fue presentada dentro de plazo, por lo que el Comité de Ministros está facultado para revisar la RCA del proyecto.

“De lo expuesto procedentemente surge con nitidez que el Comité de Ministros incurrió en un error al negarse a admitir a tramitación la petición de invalidación”, sostuvo el fallo.

“Lo más destacable es que reconoce que se violó el derecho de acceso a la justicia de las Carmelitas y se ordena resolver su invalidación. Estamos muy contentos por eso. Sin embargo, ahora le toca al Comité de Ministros hacer su parte y mantener el rechazo a la central” explicó Ezio Costa, director ejecutivo de ONG FIMA, organización que representó a la congregación.

De acuerdo a lo denunciado por la congregación, este proyecto dividiría en dos el monasterio en el que habitan desde 1995 en voto de silencio y por lo tanto, tendría una grave afectación para su vida de oración y contemplación.