El Colegio de Abogados determinó finalmente no sancionar al abogado de siete de los ocho imputados en el caso Cread de Playa Ancha, Andrés Benavides. El reclamante, Esteban Elórtegui, contraatacó y pidió que se le inhabilite del caso por ser cuñado del querellante en la misma causa. La Corte de Apelaciones de Valparaíso tendrá que zanjar la pugna.

El Colegio de Abogados dejó sin efecto la amonestación contra Andrés Benavides, quien asumió la representación de siete de los ocho imputados por torturas a niños del Sename en el Cread de Playa Ancha, pese a ser cuñado de uno de los querellantes, el jurista Juan Carlos Manríquez (revisa la trama de los abusos cometidos en el especial de BBCL).

La información fue dada a conocer por el propio Benavides a través de una carta donde también anunció su renuncia al organismo gremial, al considerar que los miembros del directorio “no estuvieron a la altura”.

El proceso en su contra se inició luego de que el también demandante en el caso, Esteban Elórtegui, lo acusara ante el Colegio de Abogados de atentar “contra la ética”, al asumir “el patrocinio y poder de los siete imputados en 2018, en circunstancias que el marido de su hermana, abogado sr. Juan Carlos Manríquez es abogado querellante (…) en la misma causa penal desde octubre de 2016″.

Según cuestionó Elórtegui en el texto, el actuar del profesional va en contra del Código de Ética de los abogados, pues allí se establece que “se halla inhabilitado el abogado pariente hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad para representar en una negociación o litigio cuya contraparte sea representada por el abogado con quien tenga dicha relación”.

Así las cosas, a mediados de marzo se conoció la determinación del órgano colegiado, quienes -en un escrito de cinco páginas- explicaron que “no cabe duda que el señor Benavides al tomar la defensa de los imputados, querellados por su cuñado ‘pudiera ver menoscabada su independencia por motivos de parentesco con su contraparte’”, razones por las que se determinó su amonestación.

La renuncia

Sin embargo, la sanción no llegó, al presentar Benavides una reconsideración, la que fue finalmente aceptada. El abogado arguyó que “durante toda la tramitación del referido reclamo hice presente a los miembros del directorio (…) que carecía de todo fundamento jurídico, citaba un cuerpo normativo perteneciente a una institución colegiada diversa y pretendía involucrar artificialmente a terceros mencionando supuestos conflictos de intereses procesales”.

“Se ha intentado, sin éxito, mancillar mi honra y mi prestigio mediante la interposición, a sabiendas, de un reclamo carente de todo fundamento jurídico. Y también mediante la publicación en medios de prensa -incluso aparecidos, inexplicablemente, en fecha anterior a la notificación a mi persona- de lo decidido preliminarmente”, añadió.

En esa línea, sostuvo que el directorio del Colegio de Abogados que llevó su caso no “ha estado a la altura de la defensa de objetivos principales de esta centenaria institución, como son velar por el honor de la profesión y procurar la protección de sus miembros”.

“Por estos motivos, vengo en presentar mi renuncia al Colegio de Abogados de Valparaíso”.

Apelación se eleva a la Corte

Una vez conocida la decisión del Colegio de Abogados de dejar sin efecto la amonestación, al abogado reclamante, Esteban Elórtegui presentó un recurso de apelación ante el organismo gremial.

En el documento de 17 páginas, expresa que la decisión que se adoptó al “acoger la reconsideración no es válida” y ahora solicita no solamente instaurar la sanción sino también inhabilitarlo como defensor en el caso Cread de Playa debido al conflicto de interés antes referido.

Dicho recurso finalmente fue elevado a la Corte de Apelaciones de Valparaíso y será el tribunal de alzada el que zanje la pugna entre ambos profesionales.