Tras la audiencia de reformalización de cargos por presunta corrupción de una funcionaria municipal de San Juan de la Costa, los defensores penales de los dos coimputados, además de negar las acusaciones, señalaron que a juicio de ellos, las medidas cautelares son desproporcionadas.

En la instancia se informaron los cargos que se le imputan a los dos nuevos investigados en la causa, y que tienen relación con una empresa constructora, quienes presuntamente pagaron por adjudicarse las faenas.

Renato Fuentealba, en su calidad de defensor del gerente de la empresa, además de negar cualquier acusación, señaló que respecto a los supuestos pagos acusados, ello tenía relación con un trabajo previo efectuado en dependencias de la casa edilicia costeña.

Además, insistió en que en la carpeta fiscal no hay pruebas que sustenten la acusación. Añadió que quien denuncia el supuesto caso de corrupción se enfrentó al mismo alcalde por injurias, acusaciones por las que después se desdijo. Dato que no fue considerado en esta oportunidad.

Por su parte, Cristobal González señaló que según se observó en la audiencia, a su representado se le adjudica una participación que no le compete, al no tener una responsabilidad administrativa directa.

Luego de comunicarse los cargos por los que son investigados, a ambos coimputados en la causa de cohecho agravado se les impuso medidas cautelares como arraigo nacional y firma, lo que a juicio de González era desproporcionado.

Considerando que la administradora municipal de San Juan de la Costa fue formalizada en octubre pasado y se dispuso de 100 días para investigar, se decretó una nueva audiencia para fijar un nuevo plazo de diligencias considerando que recién esta semana se elevaron cargos contra dos coimputados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)