Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
El Cuerpo de Bomberos de Temuco descubrió facturas adulteradas por más de 20 millones de pesos, con firmas falsificadas y servicios inexistentes. Tras identificar estas irregularidades, remitieron los antecedentes al Ministerio Público y emprendieron una investigación interna para determinar responsabilidades. El Directorio también encargó una investigación para detectar posibles casos similares.
Una grave situación detectó el Cuerpo de Bomberos de Temuco —en la región de La Araucanía— tras una revisión interna donde se encontraron facturas adulteradas por más de 20 millones de pesos. Los documentos, asociados a servicios inexistentes, también contenían firmas falsificadas.
Es por ello que, una vez identificadas las irregularidades, la Tesorería General de la institución remitió todos los antecedentes al Departamento Jurídico, que presentó una denuncia formal ante el Ministerio Público.
En la acción judicial buscan que se desarrolle una investigación para esclarecer lo ocurrido y dar con los responsables por este presunto fraude.
El superintendente del Cuerpo de Bomberos, Alfredo Lassalle, enfatizó que hasta ahora no existen antecedentes que vinculen a voluntarios u oficiales operativos de la institución con estos hechos.
Además de la vía judicial, el Directorio General del Cuerpo de Bomberos de Temuco encomendó a su Comisión Contralora una investigación interna para determinar responsabilidades y detectar si existen otros casos similares que hayan afectado a la institución.
A través de una declaración pública, desde Bomberos indicaron que “reafirmamos nuestro compromiso con la transparencia y la probidad”, añadiendo que este hecho no compromete la labor operativa ni la vocación de servicio de sus voluntarios y voluntarias hacia la comunidad.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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