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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó a la Clínica Santa Rosa a pagar más de 100 millones de pesos por negligencia en un parto que dejó al bebé con parálisis cerebral. La demora crítica en la atención causó un cuadro de asfixia en el recién nacido. La jueza determinó que la clínica incumplió su deber de atención oportuna y que si hubiera actuado a tiempo, el daño no se habría producido.

Una madre que llegó a la Clínica Santa Rosa esperando un parto normal terminó enfrentando el peor escenario: su hijo recién nacido con graves daños neurológicos tras una atención tardía.

El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó al centro de salud a pagar más de 100 millones de pesos por la negligencia que derivó en que el bebé quedara con parálisis cerebral.

Condenan a Clínica Santa Rosa por negligencia en parto

La madre llegó a la Clínica Santa Rosa esperando un parto sin complicaciones. Había seguido todos los controles, y confiaba en que el equipo tratante la acompañaría durante el nacimiento. Pero, según estableció el tribunal, la atención llegó tarde. Hubo una demora injustificada y crítica que derivó que el bebé sufriera un cuadro de asfixia que lo dejó en riesgo vital.

El recién nacido tuvo que ser trasladado de urgencia al Hospital Luis Tisné, donde pasó 27 días internado. Ahí, los médicos confirmaron lo que la familia más temía: el niño quedó con parálisis cerebral como consecuencia directa del parto mal manejado.

Tribunal acreditó la negligencia

La jueza Isabel Margarita Zúñiga Alvayay del 1° Juzgado Civil de Santiago, explicó en su resolución que la clínica incumplió su deber de atención oportuna. Para que el tribunal declarara que hubo negligencia médica, debió acreditar varios puntos: que existía una obligación, que esa obligación se incumplió, que ese incumplimiento causó un daño y que hay una relación clara entre ambos elementos, según explicaron.

Ese último punto —la causalidad— es clave. En este caso, señala la sentencia, si la clínica hubiera actuado a tiempo, el daño no se habría producido. Eso bastó para establecer que la falta de acción fue determinante.

La madre también presentó documentos médicos, como el presupuesto del parto y los bonos de atención, que demostraron los gastos en que incurrió. Nada de eso fue objetado por la clínica.

La condena

El tribunal ordenó a la Sociedad Comercial e Inversiones Sierra Bella Limitada, Clínica Santa Rosa, continuadora legal de la Clínica Madre e Hijo, a indemnizar a la mujer con dos montos: uno por daño emergente, correspondiente a los gastos médicos comprobados, que asciende a 270.130 pesos; y otro por daño moral, fijado en 100 millones de pesos.

Ambas cifras deberán pagarse reajustadas desde la fecha del fallo hasta que se concrete el pago. La clínica también deberá cubrir las costas del juicio.

Para el tribunal, el caso refleja una falta de diligencia básica en una etapa extremadamente sensible como el parto. La resolución recalca que las clínicas tienen la obligación —y no la opción— de actuar con rapidez y precisión cuando están en juego vidas en formación. Aquí, esa obligación se vulneró.