Luego de que la tarde del miércoles el Volcán Calbuco entrara en erupción y de que sufriera un segundo proceso eruptivo cerca de las 01:00 horas de la madrugada de este jueves, la Dirección del Trabajo entregó una serie de lineamientos respecto de los derechos de los trabajadores.
La entidad, a través de un comunicado, señaló que todos aquellos trabajadores que estén sufriendo secuelas humanas o materiales que -de acuerdo al sentido común- hagan imperioso que permanezcan con su familia o en su residencia, albergue u hogares de familiares, tendrá justificación para no asistir a cumplir sus obligaciones laborales. Lo mismo se aplica a quienes no cuenten con condiciones seguras de traslado.
Según lo establecido por el artículo 184 del Código del Trabajo, los empleadores deben garantizar condiciones de trabajo que no pongan en riesgo la vida o la integridad física del trabajador.
Por este motivo, los empleadores deberán evaluar si las instalaciones situadas en la zona están en condiciones para operar sin poner en riesgo la seguridad de los trabajadores, pues de no ser así “el empleador incumpliría gravemente su deber de protección si obligara a sus dependientes a prestar los servicios”.
Además, se debe garantizar que existan condiciones mínimas de salubridad.
La Dirección del Trabajo informó además que en caso de decretarse la evacuación, los empleadores están obligados a permitir la salida inmediata de los trabajadores, según los protocolos de emergencia dispuestos por la autoridad.
Si se incumplieran estas obligaciones, además de “la aplicación de sanciones por parte de los servicios fiscalizadores se dará cuenta de dicho ilícito a las autoridades administrativas y judiciales que corresponda a fin de que se tomen las medidas del caso”.
Finalmente, la entidad llama a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad, sentido común y solidaridad respecto a quienes están sufriendo con las consecuencias de esta emergencia.