A medida que se acerca la llegada de vacaciones, los arriendos por días, semanas y hasta por temporadas se transforman en los negocios más rentables del verano.

Arrendar o subarrendar inmuebles se transforma en verdaderos dolores de cabezas para los copropietarios de edificios que se encuentran en sectores turísticos.

Entre varios problemas que representa el arrendar está que si el contrato no “prohíbe” el subarrendar, es decir que el arrendatario re arriende un inmueble, se puede hacer y nadie podría impedirlo.

En conversación con A Toda Radio de Bío-Bío de Valparaíso y Viña del Mar, el abogado Daniel Stingo, aseguró que es completamente ilegal cuando, por ejemplo, algunos condominios suben el valor de gastos comunes o piden cuotas adicionales cuando se arriendan inmuebles en época estival.

El abogado es claro en señalar que aunque sea un arriendo por un día, es necesario y útil el firmar un contrato con la contraparte pues así se puede establecer claramente las reglas y en el caso de que ocurriera una grave falta a éste, puede ser llevado a tribunales para sanjar las diferencias.

Escuche la entrevista en A toda Radio de Bío-Bío de Valparaíso y Viña del Mar de Karen Cortés y Mauricio Barrientos al abogado Daniel Stingo: