La Corte de Apelaciones de Santiago acogió a trámite el recurso de protección presentado por la Concesionaria Radial Nororiente, pero mantuvo la prohibición de usar la autopista que conecta las comunas de Vitacura y Colina.

La resolución corresponde a la Primera Sala del Tribunal del Alzada que será la encargada de revisar el fallo del 24º Juzgado de Garantía que obligó a la empresa a suspender su servicio en un tramo de la autopista, luego que anulara el estudio de impacto ambiental, argumentando que éste debía construirse en subterráneo y no en superficie como finalmente se hizo.

Son 14 kilómetros que están en disputa y que para el alcalde de Colina, Mario Olavarría, son indispensables para la conectividad de su comuna.

Según el jefe comunal, la medida sólo daña a quienes transitan por la vía, he hizo hincapé en los permisos y estudios que se hicieron y que fueron aprobados por la autoridad de la época.

En el texto presentado, la concesionaria acusa ilegalidad en la decisión del Juzgado Civil, por cuanto se trató de un requerimiento de la Municipalidad de Huechuraba contra la Corema Metropolitana, por el estudio de impacto ambiental, y cuyo fallo recae en la empresa “en un juicio en el que nunca ha sido parte”.

Según el documento, los representantes de la empresa nunca fueron solicitados a comparecer, por lo que tampoco pudieron alegar a las acusaciones y menos a la resolución de prohibir el uso de la carretera.