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"Serán considerados no votantes": comisión de Reglamento de la CC fija posición sobre abstenciones

Por Felipe Reyes

La información es de Daniela Ruiz-Tagle
Publicado por Felipe Reyes
La información es de Daniela Ruiz-Tagle
Miércoles 25 agosto de 2021 | 19:46
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Las 8 comisiones de la Convención Constitucional viven sus últimos días de trabajo para elaborar propuestas que sirvan para elaborar un borrador del reglamento, que regirá para debatir las normas constitucionales.

Hasta este sábado 28 se podrán entregar las iniciativas a la comisión de Reglamento, que se encargará de sistematizar estas ideas y despacharlas al Pleno, donde quedará zanjado el texto definitivo.

En ese contexto, esta mesa de trabajo se encuentra revisando las más de 500 indicaciones que les han hecho llegar. Entre ellas, hoy se aprobó que quienes se abstengan en normas que no sean constitucionales, se consideren como “no votantes”. La idea es no afectar el quórum de mayoría simple cuando se voten disposiciones reglamentarias y de acuerdo.

Específicamente, la enmienda presentada señala que “quienes se abstengan serán considerados no votantes. No se entenderán votos válidamente emitidos los votos nulos y blancos”.

La convencional Bárbara Sepúlveda (PC), una de las autoras de la iniciativa, afirmó que la abstención es la renuncia al derecho a voto y que, si se mantiene sin regulación, se suma a los votos que rechazan las iniciativas.

En tanto, un grupo de convencionales de izquierda reingresaron una enmienda para disminuir los el quórum de 2/3 a 4/7, la que será votada en los próximos días.

A favor de esta indicación de manifestó el convencional Andrés Bravo (LDP) y en contra Ruggero Cozzi (UDI). Este último dijo que, según las muestras políticas que se han evidenciado, debiera rechazarse.

Además, fueron aprobadas otras indicaciones durante esta jornada, como integrar al debate las problemáticas relativas al derecho de los niños, niñas y adolescentes; que para asistir de manera telemática se deberá justificar dicha necesidad previamente; y que aquellos constituyentes que decidan cambiarse de colectivo, deberán informar a la mesa directiva por escrito, entre otras mociones.

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