Fue un caso que generó más que sorpresa cuando salió a la luz a mediados de 2016, no sólo por el grave hecho de hablar de casos reiterados de violación y abusos sexuales que afectaron a adultos y una menor, sino porque el acusado se había presentado ante sus víctimas como un “sanador de males”.

Se trata de Juan Carlos Poblete Farias, hoy de 58 años, quien en ese entonces se presentó ante sus vecinos como un “curador” que se había percatado que ellos estaban sufriendo males que debían ser remediados mediante su poder.

Fue entonces, en estas sesiones privadas que, acorde a la investigación, habría realizado tocaciones en zonas genitales bajo el argumento que estaba sacando “los males y bichos” que tenían en sus organismos.

Lee también: Falso curandero violó y abusó sexualmente a familia en Paine: 5 menores fueron víctimas

Sin embargo, hubo dos casos de violación, uno de los cuales afectó a una niña de 13 años. Aquello fue clave, porque fue esta menor la que comentó lo ocurrido a sus padres y fue recién en ese momento que se percataron lo que estaba realizando el sujeto.

Fue detenido en junio de 2016, pasó por Tribunales, quedó en prisión preventiva y ya se inició el juicio oral, indicó la fiscal de la Fiscalía de Alta Complejidad Occidente, Tatiana González.

Había también un pago de por medio al imputado. La familia afectada debía cancelar 5 millones de pesos por el total de las “sesiones de curación”, lo que culminó con el pago de 700 mil y algunas joyas.

Poblete ya declaró por más de una hora negando todas las acusaciones en su contra y asegurando ser inocente. Su abogado defensor, Luis Tapia, afirmó que habría una persecución de la familia contra su representado.

Se proyecta que el juicio se extienda hasta el lunes 19. El Ministerio Público, en tanto, citará a declarar a 24 testigos como evidencia de estos cargos de violación y abuso sexual.

La pena que solicita el órgano persecutor es de 15 años, es decir, presidio mayor en grado medio.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)