Este jueves fueron publicados en el Diario Oficial los reglamentos de la Ley de Inclusión Laboral tras ser aprobados por Contraloría por lo que, a partir del 1 de abril del 2018, todas las empresas e instituciones públicas con más de 100 empleados deberán reservar el 1% de sus puestos para personas con discapacidad.

Así lo establece la normativa que, según informó el Ministerio de Desarrollo Social, busca “asegurar la efectiva igualdad de oportunidades y la plena inclusión laboral de las personas con discapacidad”.

Lee también: Bachelet por Ley de inclusión laboral: No se pagará menos del mínimo a discapacitados

El ministro de dicha cartera, Marcos Barraza, valoró que esta es una ley “que protege a las personas en situación de discapacidad, las habilita laboralmente, contribuye con su autoestima, su autovalencia, su dignidad, pero que también tiene un impacto cultural potente”.

Esto último, porque “nos permite pasar de una política pública que por mucho tiempo tuvo solo una lógica asistencial a una política pública con enfoque de derecho”, argumentó.

Lee también: Dirigentes de discapacitados del Bío Bío cuestionan porcentaje de ley de inclusión laboral

La normativa suprimiría además la discriminación salarial que existía respecto de los trabajadores y trabajadoras con discapacidad mental, al derogar el artículo 16 de la Ley N° 18.600 que establecía una remuneración inferior al sueldo mínimo.

Desde el ministerio de Desarrollo Social señalaron que su impacto real será evaluado en su tercer año de funcionamiento, y posteriormente cada 4.

En estos períodos los ministerios del Trabajo y de Desarrollo Social deberán emitir un informe para el congreso, señalando posibles cambios que sea necesario aplicar a la ley.