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En el marco de la educación cívica y el derecho, es importante aclarar la diferencia entre nacionalidad y ciudadanía. Mientras la nacionalidad se refiere al vínculo jurídico de una persona con un país, la ciudadanía implica los derechos y deberes con el Estado, como el derecho al voto. En Chile, la nacionalidad se adquiere por nacimiento en territorio nacional, descendencia de padres chilenos, carta de nacionalización o nacionalización por gracia, y solo se pierde por renuncia voluntaria o decreto supremo en caso de servicios a enemigos. La ciudadanía chilena se obtiene al cumplir la mayoría de edad y se puede perder por renuncia a la nacionalidad, condena a pena aflictiva o por delitos específicos. Los extranjeros pueden optar a la nacionalidad chilena mediante nacionalización, requiriendo residencia definitiva y cinco años en Chile, pudiendo votar sin obtener la nacionalidad o ciudadanía plena.

En el ámbito de la educación cívica y el derecho, existen algunos conceptos que, a menudo, pueden generar confusión. Dos de ellos son «nacionalidad» y «ciudadanía», que aunque comparten algunos elementos en común, son figuras diferentes.

Para decirlo en términos sencillos, la nacionalidad vendría a ser el vínculo que une a una persona con un país a nivel jurídico y que, a menudo, se otorga a quienes nacen en su territorio (aunque hay ciertas excepciones).

En tanto, la ciudadanía guarda relación con los derechos y deberes de un individuo con el Estado, como el derecho a votar o postularse a cargos públicos.

Aquí hay una distinción importante: no todos los nacionales son automáticamente ciudadanos, pero sí todos los ciudadanos son nacionales. Por ejemplo, un chileno no es considerado ciudadano hasta que cumple los 18 años de edad.

Para los efectos de esta nota, nos referiremos al caso de Chile, ya que las reglas y requisitos para obtener la ciudadanía o la nacionalidad pueden variar de un país a otro.

¿Cómo se obtiene la nacionalidad en Chile y cómo se puede perder?

De acuerdo con la Constitución Política de la República, son chilenos:

  • Los nacidos en el territorio de Chile (conocido como derecho de suelo o ius soli).
  • Los hijos de padre o madre chilenos que hayan nacido en el extranjero (conocido como derecho de sangre o ius sanguinis).
  • Los que hayan adquirido carta de nacionalización chilena.
  • Los que han obtenido la nacionalidad chilena por gracia.
  • De acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores, existe una excepción que aplica para los hijos de extranjeros que se encuentran en Chile en servicio de su gobierno, y también los hijos de extranjeros transeúntes.

    Para quienes son chilenos de origen (ius solis o ius sanguinis) la nacionalidad solo puede perderse por renuncia voluntaria, lo que debe efectuarse ante la autoridad chilena competente, o por decreto supremo en caso de prestación de servicios durante una guerra exterior a enemigos de Chile o de sus aliados.

    En ese sentido, no perderás tu nacionalidad chilena si decides nacionalizarte en otro país.

    No obstante, en el caso de la carta de nacionalización y la nacionalización concedida por gracia, esta puede cancelarse o revocarse, explican desde el Servicio Nacional de Migraciones.

    ¿Cómo se obtiene la ciudadanía en Chile y cómo se puede perder?

    Actualmente, todos los chilenos se convierten en ciudadanos cuando cumplen la mayoría de edad, lo que les permite ejercer su derecho a voto, optar a cargos de elección popular, o los demás que la Constitución o ley le confieran.

    La ciudadanía se puede perder en los siguientes casos:

  • Perder o renunciar voluntariamente a la nacionalidad chilena, lo que automáticamente implica perder la ciudadanía.
  • Ser condenado a pena aflictiva (penas de prisión de más de 3 años y un día). En este caso se puede solicitar su recuperación ante la Corte Suprema una vez cumplida la pena.
  • Por condena por delitos que la ley califique como terrorismo o tráfico de estupefacientes, siempre que estos últimos hayan sido castigados con pena aflictiva.
  • ¿Qué ocurre en el caso de los extranjeros ¿pueden ser ciudadanos chilenos?

    En el caso de los extranjeros, para obtener la ciudadanía, estos deben ser nacionalizados chilenos, lo que se puede solicitar mediante la Carta de Nacionalización, que se solicita ante el Servicio Nacional de Migraciones.

    De acuerdo con este ente, los requisitos son:

    1. Haber cumplido 18 años de edad.
    2. Ser titular de Residencia Definitiva vigente.
    3. Tener cinco años o más de residencia en Chile.

    No obstante, también hay otros casos donde se puede solicitar. Por ejemplo, si has vivido al menos dos años en el país y estás en calidad de cónyuge de chileno, o si eres adoptado por chilenos, entre otros.

    De convertirse en chileno/a, es posible optar a cargos públicos de elección popular solamente después de cinco años de haber recibido su carta de nacionalización.

    ¿Pueden votar los extranjeros sin ser nacionalizados chilenos?

    En Chile, los extranjeros con más de 5 años de residencia legal, mayores de 18 años y sin condenas a pena aflictiva, pueden votar en elecciones. Sin embargo, esto no otorga necesariamente la nacionalidad chilena ni la ciudadanía plena.