El acceso a la justicia es un imperativo democrático, si las personas que reclaman justicia, por haber sido víctimas de delito, no pueden ejercer sus derechos es como si ellos no existieran.

La normativa que da vida al Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas, que acabamos de promulgar, da cuenta de exigencias de la comunidad para mejorar la entrega de asesoría profesional especializada a quienes requieren apoyo jurídico y para quienes solicitan que los representen cuando han sido víctimas de delitos violentos.

La iniciativa surge de una propuesta formulada por el gobierno anterior y que fue reimpulsada por esta gestión sobre la base de una indicación sustitutiva y un reforzamiento de los recursos de manera de ampliar sustantivamente las prestaciones.

Desde el retorno de la democracia, se planteó por todas las administraciones la necesidad de reformar las Corporaciones de Asistencia Judicial, pero hasta ahora no se había logrado superar la barrera de la aspiración, en atención a múltiples prioridades que postergaron esta área.

El gobierno del presidente Boric ha considerado que esta debía ser una política de Estado y la empujó legislativamente hasta que fue aprobada, pese a que serán sus sucesores los que podrán dar cuenta de su instalación gradual, sin perjuicio de que en los meses que quedan avanzaremos en los pasos que señala la ley.

La Ley N° 21.780 unifica la asistencia judicial y la atención de víctimas de delitos en un servicio público de carácter nacional descentralizado, que tendrá presencia en todas las comunas donde exista tribunal.

Esto simplificará para los usuarios la obtención de sus prestaciones, y mejorará su provisión al consolidar experiencias y atenciones que antes estaban dispersas en distintas entidades. Contará con una Dirección Nacional de la que dependerán cuatro subdirecciones: Subdirección de Líneas de acción y Programas; Subdirección Operativa; Subdirección de Solución Colaborativa de Conflictos; y Subdirección de Defensoría de las Víctimas.

La Defensoría de Víctimas -una demanda muy reclamada transversalmente- entregará atención integral, tanto jurídica como psicosocial, a víctimas de delitos, en particular de aquellos más violentos, lo que refuerza la intervención del Estado en materia de seguridad pública, saldando una deuda pendiente con la ciudadanía.

Tendrá entre sus tareas prioritarias la asesoría jurídica y representación judicial, incluyendo la presentación de querellas y la petición de medidas de protección. Se hará cargo de la atención psicosocial, de modo de abordar necesidades emocionales, psicológicas y sociales de personas afectadas por un delito, para promover la recuperación, la resiliencia y bienestar de las víctimas, y facilitar su participación en los procesos de justicia y reparación.

Deberá, asimismo, entregar información a los sujetos de atención respecto de avances y estado de la causa judicial y gestiones a desarrollar. De esta manera se amplifica la labor de los dos principales programas públicos de apoyo a víctimas actualmente existentes: los Centros de Atención Integral a Víctimas (CAVI) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Programa de Apoyo a Víctimas (PAV) del Ministerio de Seguridad.

Esta fusión permitirá establecer una ventanilla única de atención prioritaria y generar un modelo común de intervención que mejore los servicios prestados a las víctimas, adaptándose a sus necesidades

En cuanto a solución colaborativa de conflictos, el Servicio contemplará un enfoque amplio en orden a promover medios de solución alternativa (mediación, negociación, acuerdos, etc.). Lo anterior, da cuenta de la evidencia que señala el carácter positivo de esta clase de soluciones, tanto para el usuario como para el sistema de justicia, en lo social y lo económico. Este enfoque incorporará también la oferta existente en materia de mediación familiar obligatoria.

El servicio contará con herramientas para controlar y evaluar regularmente su prestación y desempeño. Contará con estándares que permitan definir los niveles óptimos de calidad que deben resguardarse en el contexto de la ejecución de las prestaciones que la ley le encomienda. Estos estándares podrán incorporar indicadores orientados a medir la eficiencia, economía, efectividad e impacto de las prestaciones a cargo del Servicio. Los estándares serán revisables periódicamente.

La ley señala un exigente cronograma de implementación del nuevo Servicio, que incluye el nombramiento de los responsables iniciales, la elaboración de sus normas de funcionamiento, el traspaso de personal desde las Corporaciones y los demás organismos que lo conformarán y su operatoria gradual, partiendo por la zona norte (Arica-Parinacota a Valparaíso), transcurridos 18 meses; posteriormente lo hará en las Regiones Metropolitana, O’Higgins, Maule y Magallanes; y, finalmente, en Ñuble, Bío Bío, La Araucanía, Los Ríos, Los Lagos y Aysén.

El acceso a la justicia es un imperativo democrático, si las personas que reclaman justicia, por haber sido víctimas de delito, no pueden ejercer sus derechos es como si ellos no existieran.

Por eso resulta cardinal este proyecto, su alcance nacional, su naturaleza descentralizada, su impronta coordinadora para poder entregar información y defender judicialmente a las víctimas; y su vocación por explorar mecanismos de solución colaborativa, porque la mejor justicia es la que proviene de las propias personas y sus acuerdos. Esas características permiten que las prestaciones sean más eficientes y eficaces y más cercanas a las personas.