Este lunes se leyó la sentencia en contra del exalcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, quien es condenado por dos delitos de negociación incompatible.

Este lunes se llevó a cabo la audiencia de lectura de sentencia en contra del exalcalde de la comuna de Ñuñoa, Pedro Sabat, como autor de dos delitos de negociación incompatible.

La magistrada María Inés González Moraga, del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, decretó que se condena a Sabat a la pena de 61 días de reclusión menor en su grado mínimo -no cumple pena de cárcel ni reclusión domiciliaria-, y deberá informar cualquier cambio de domicilio al tribunal por un año.

También, se determinó el impedimento de ejercer cargos públicos por 2 años y 1 día, así como 675 mil pesos de multa.

El Fiscal Jefe de Las Condes, Felipe Sepúlveda, señaló que “para estos efectos, el tribunal acreditó nuestra tesis de que se había efectivamente cometido este delito. Como también de las circunstancias que nosotros señalamos”.

Además, explicó que “Sabat había contratado a la Municipalidad de Ñuñoa, mientras era alcalde, a un socio de su hijo. Vínculo contractual que no está permitido por la ley, dada la relación de cercanía existente”.

Pedro Sabat en uso de sus facultades exclusivas como alcalde, y en conocimiento de que Alain Goffard Rodríguez era socio de su hijo Pedro Sabat Fernández en la sociedad SayGo Spa. Procedió a suscribir con este y a nombre de la Municipalidad de Ñuñoa, los contratos a honorarios de 1 de julio del año 2014, modificación del mismo el 30 de julio del mismo año y contrato a honorarios del 23 de enero de 2015. Trabajos por los cuales Goffard Rodríguez percibió, según consta en los contratos, la cantidad de $13.500.000.