Fue la Corte de Apelaciones de Concepción la que decidió dejar sin efecto el arresto domiciliario total decretado en su contra.

El excarabinero detenido como parte de una asociación ilícita en la provincia de Arauco seguirá en la cárcel, esto tras revocar la Corte penquista el arresto domiciliario total decretado.

El tribunal de alzada estimó, a diferencia del juez de Garantía, que la prisión preventiva es la cautelar proporcional a la gravedad del delito imputado.

Un revés había sufrido el pasado viernes la investigación contra miembros de la Resistencia Mapuche Lafkenche, detenidos en septiembre pasado como parte de una organización criminal dedicada al robo de vehículos, ataques incendiarios y sustracción de madera.

Y es que el juez de Garantía de Curanilahue, Cristian Rosenberg, había cambiado la prisión preventiva para el exjefe de la SIP de Carabineros, Luis Berna Toledo, al concluir que esa medida cautelar era desproporcionada respecto del delito de asociación ilícita imputado, y que está sancionado con una pena máxima de 3 años de cárcel.

La resolución fue de inmediato impugnada por la Fiscalía, la Delegación Presidencial, el Consejo de Defensa y las empresas querellantes, Arauco y Mininco.

Ante la Corte de Apelaciones de Concepción, el fiscal de la investigación, Juan Yáñez, reiteró los antecedentes entregados ante el Juzgado de Garantía e invocando el peligro para la seguridad de la sociedad que representa el ex uniformado, pidió dejar sin efecto el arresto domiciliario total.

De acuerdo a la indagatoria, el oficial en retiro de Carabineros había entregado al clan criminal información de inteligencia que facilitaba la comisión de delitos, pero también armamento para la actuación delincuencial.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)