La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), ordenó la adopción de una medida urgente y transitoria (MUT) a la Sociedad Concesionaria Ruta de La Fruta S.A., responsable del proyecto “Concesión Ruta 66 – Camino de la Fruta”, que abarca las regiones del Libertador Bernardo O’Higgins, Metropolitana y de Valparaíso.
Esta decisión se tomó luego de que inspecciones ambientales confirmaran que las tronaduras realizadas en el sector de la Variante San Juan, superaban ampliamente lo declarado en la evaluación ambiental del proyecto.
La medida responde a denuncias ciudadanas que alertaban sobre el impacto de estas obras en la salud de los vecinos, especialmente por las explosiones.
Recordemos que una tronadura es una técnica utilizada en minería y obras de construcción, que consiste en la detonación controlada de explosivos para fragmentar roca o terreno sólido, con el objetivo de facilitar excavaciones, apertura de caminos o extracción de materiales.
Sin embargo, su uso puede generar impactos ambientales y afectar a comunidades cercanas debido al ruido, vibraciones y emisión de polvo; como fue en este caso.
Antecedentes del proyecto “Concesión Ruta 66 – Camino de la Fruta”
El proyecto abarca una superficie de 690 hectáreas, extendiéndose desde el sector de enlace con Pelequén hasta el empalme con el acceso al puerto de San Antonio. Con una longitud aproximada de 138 km, se divide en cinco sectores a lo largo de su trazado.
Tiene como objetivo mejorar, rehabilitar y homogeneizar el perfil de la Ruta 66.
Para ello, contempla la ampliación a una segunda calzada en los primeros 26 kilómetros, entre Pelequén y Peumo, así como la construcción de una calzada bidireccional para el resto del trazado, la cual podría emplazarse sobre la ruta actual o en una variante.
Cabe destacar que el permiso ambiental del proyecto (RCA N°255/2013) indica que existe la probabilidad de usar tronaduras durante la ejecución de obras en zonas de cortes, identificando para ello, los sectores de Puente Maipo y Viaducto San Juan, pertenecientes al “Sector 5” o Variante San Juan.
Sin embargo, la evaluación ambiental indicó que las tronaduras serían una actividad temporal y se realizarían en zonas alejadas de la población. Dado que la superficie de intervención sería reducida, se estimó que la inclusión de estas emisiones en el proyecto no generaría un impacto ambiental significativo.
Y en el escenario más crítico que se había considerado, el proyecto evaluó la posibilidad de realizar hasta 20 tronaduras en los sectores de “Puente Maipo” y “Viaducto San Juan”. Esto significa que, en el peor de los casos, la cantidad de material particulado fino (MP10) liberado al aire sería de 0.0128 toneladas por año en cada sector, lo que daría un total de 0.0256 toneladas anuales entre ambos.
Las denuncias de la ciudadanía y gestiones de la SMA
La Superintendencia recepcionó 13 denuncias ciudadanas referidas a que el proyecto estaría provocando impactos al medioambiente, flora y fauna de la localidad de San Juan, en viviendas y a la salud de las personas, debido a las obras asociadas, entre ellas, el uso de tronaduras.
En ese contexto, se realizaron 6 inspecciones ambientales, entre los meses de septiembre y octubre de 2024, donde se efectuó un requerimiento de información al titular centrado en las tronaduras.
Luego, en enero de 2025, se realizaron dos nuevos requerimientos de información al titular, complementando las anteriores.
Revisados todos los antecedentes y tras un análisis jurídico, la SMA pudo constatar que el titular, respecto a las emisiones atmosféricas producto del uso de tronaduras, efectuó un cálculo basándonos en la ejecución de 92 tronaduras y estimó una emisión de MP10 de 0.22 ton/año por la ejecución de tronaduras para 14 meses.
Es decir, 72 tronaduras adicionales a lo evaluado ambientalmente en toda la Variante San Juan, lo que representa un 460% más, con una cantidad de emisión de MP10 de 0.22 ton/año, aproximadamente un 859% más de MP10 respecto a lo evaluado en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA).
En atención a lo anterior, las 92 excavaciones con uso de explosivos en sitios cercanos a poblaciones, supera con creces las 10 tronaduras máximas que se comprometieron en la RCA para el sector de la Variante San Juan.
Sentencia por incumplimiento ambiental
Esto constituye un incumplimiento grave, que genera un riesgo inminente a los sistemas de vida y costumbres, además de la salud de la población cercana, así como al medioambiente.
Es por ello, que ya se encuentra en el Segundo Tribunal Ambiental, una orden al titular de detención de la ejecución de las tronaduras en el Sector 5 o Variante San Juan, en las comunas de Santo Domingo y San Antonio, región de Valparaíso, por un plazo de 30 días corridos.
La Superintendenta, Claudia Pastore, señaló que “la medida urgente y transitoria ordenada tiene como sustento una serie de antecedentes analizados por esta Superintendencia. Tanto en nuestras actividades de inspección como en el análisis de la información requerida al titular del proyecto, y cuyas conclusiones han constatado que la ejecución de las obras, en particular las vinculadas a las tronaduras, no se estarían ajustando al permiso ambiental otorgado”, concluyó.