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La Corte Suprema rechazó un recurso de protección presentado por un usuario desafiado por la Isapre Colmena tras realizar cuatro viajes al extranjero estando con reposo médico. La justicia respaldó la desafiliación, argumentando incumplimiento contractual.
La isapre Colmenadesafilió a un usuario que realizó cuatro viajes al extranjero estando con reposo por licencia médica.
Ante ello, el usuario presentó acciones legales que escalaron hasta la Corte Suprema, la cual rechazó el recurso de protección presentado en contra de la isapre.
En la sentencia, la Tercera Sala revocó una decisión de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas y descartó un actuar arbitrario de la entidad aseguradora al desafiliar al cotizante.
Argumentó que este último incumplió las reglas del contrato de prestación de salud.
Y en específico, se mencionó que la normativa indica que una isapre podrá poner término al contrato de salud cuando el cotizante incurra en incumplimientos contractuales como “impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no les correspondan o que sean mayores a los que procedan (…)”.
De acuerdo al fallo, disponible en el Poder Judicial, Colmena actuó “con estricto apego a la normativa, sin que se existiera ilegalidad o arbitrariedad en su conducta”, lo cual impidió de esa forma que prosperara el recurso de protección interpuesto por el usuario.
La sentencia fue adopta de manera unánime por la Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Jean Pierre Matus, Gonzalo Ruz, Roberto Contreras, la ministra Dobra Lusic y el ministro Juan Cristóbal Mera.
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