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La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó al Hospital Gustavo Fricke brindar atención médica domiciliaria y prioritaria a una lactante diagnosticada con trisomía 18, también conocido como síndrome de Edwards. La decisión, tomada de forma unánime por los ministros de la Tercera Sala del tribunal, fue resultado de un recurso de protección presentado por la madre de la menor. La orden especifica que el hospital debe asegurar atención preferente, prioritaria y urgente en caso de emergencias vitales para la niña, evitando que tenga que desplazarse al centro médico.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó al Hospital Gustavo Fricke brindar atención médica domiciliaria y prioritaria a lactante diagnosticada con trisomía 18 o también conocido como síndrome de Edwards.
“Atendido el mérito de los antecedentes expuestos, se concede parcialmente la orden de no innovar solicitada, solo en cuantose ordena a la recurrida brindar atención médica domiciliaria en forma prioritaria, preferente y urgente, en el supuesto de requerirlo la niña de autos frente a eventos de emergencia vital (SOS)”, consigna la resolución.
Fue la madre de Olivia, Paulina Gallardo, la que interpuso un recurso de protección cuando su hija estaba próxima a cumplir 8 meses de vida, argumentando que necesita atención domiciliaria de médico cardiólogo y broncopulmonar.
Tras la resolución de la corte, Christian Lucero, abogado de la familia, destacó que la orden establece que el recinto asistencial debe entregarle atención domiciliaria “preferente, prioritaria y urgente en el caso de que se presenten eventos de emergencia vital”.
“Cada vez que existan situaciones que requiere que sea visitada por médico como un cardiólogo y broncopulmonar, tendrá que ser en el domicilio de Olivia, para no exponerla a viajar al hospital y resguardar de esa forma su derecho a la vida”, cerró.
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