La Corte de Apelaciones revocó la sentencia impugnada tras establecer que una vez registrado el atropello, la conductora sí cumplió con la obligación de detener la marcha, prestó la ayuda posible a la víctima y dio cuenta a la autoridad del accidente en Temuco. Por eso, decretó la absolución de Nicole Princic Pérez.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió parcialmente el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, y en sentencia de reemplazo, decretó la absolución de Nicole Princic Pérez, acusada de no prestar auxilio al pequeño Joaquín Caroca tras ser atropellado.

Además, el Tribunal le concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena por el término de tres años, que deberá cumplir en calidad de autora de un cuasidelito consumado de homicidio perpetrado en diciembre de 2017 en Temuco.

En fallo unánime, la Primera Sala del Tribunal revocó la sentencia impugnada tras establecer que una vez registrado el atropello, la conductora sí cumplió con la obligación de detener la marcha, prestó la ayuda posible a la víctima y dio cuenta a la autoridad del accidente.

Por tanto, se resolvió absolver a Nicole Princic Pérez de esa imputación.

Agrega la sentencia que reuniéndose los requisitos legales, se sustituye la pena aplicada a la acusada por la remisión condicional, es decir firmar por el plazo de tres años.

El fallo de primera instancia, fue dictado por el Tribunal Oral de Temuco, el 29 de agosto de 2021.