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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Cámara aprobó el proyecto de ley de Seguridad Municipal tras una sesión especial que modifica la ley N° 18.695, fortaleciendo la institucionalidad municipal en seguridad pública y prevención del delito, demanda de alcaldes a nivel nacional. Se crea la figura del Inspector de Seguridad Municipal con funciones preventivas y coadyuvantes a las policías. Se fortalece la coordinación entre municipios, Ministerio Público y Fuerzas de Orden con el Comité Operativo de Seguridad. Se incluyen medidas de protección para los inspectores y recursos para municipalidades sin presupuesto.

El proyecto de ley de Seguridad Municipal fue aprobado por una amplia mayoría luego de meses de tramitación.

Tras el bochorno del fracaso de la sesión de esta mañana por falta de quórum, finalmente la Cámara realizó una sesión especial para votar la iniciativa que modifica la ley N° 18.695, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito, una demanda transversal de alcaldes de todo el país.

La aprobada propuesta marca un hito en la modernización y consolidación de la institucionalidad local para la prevención del delito. Durante la sesión, todas las indicaciones provenientes del tercer trámite fueron ratificadas y se evitó que pasara a comisión mixta.

Entre otros puntos, la ley crea por primera vez la figura legal del Inspector o Inspectora de Seguridad Municipal, estableciendo requisitos, funciones, atribuciones, prohibiciones y controles específicos para su desempeño. Esta regulación incorpora labores preventivas autónomas y funciones coadyuvantes a las policías, bajo protocolos definidos.

Ley de Seguridad Municipal lista para ser despachada

Un elemento central es el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación entre municipios, Ministerio Público, Fuerzas de Orden y Gobiernos Regionales. Para ello se crea el Comité Operativo de Seguridad, liderado por el alcalde o alcaldesa, e integrado por el director de Seguridad, Carabineros, PDI y representantes del Ministerio Público.

La iniciativa también contempla elementos defensivos y de protección personal para los inspectores que desempeñen funciones coadyuvantes. Además, el Ministerio de Seguridad Pública entregará recursos a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito para municipalidades que no cuenten con capacidad presupuestaria.

La ley aprobada establece la obligación de dotar a los inspectores e inspectoras municipales de elementos de protección, los cuales serán definidos en el reglamento. Entre ellos podrían considerarse chalecos, cascos, bastones, esposas, gas pimienta y dispositivos de pulsación eléctrica, entre otros. La normativa excluye expresamente el uso de armas de fuego.

Asimismo, se habilita la contratación de personal de seguridad vía Código del Trabajo y se regula la contratación a través de asociaciones municipales de seguridad, ampliando las alternativas de los gobiernos locales para estructurar sus equipos preventivos.

Con esta votación, la ley quedó lista para ser despachada. Se trata de uno de los proyectos clave del fast track de seguridad 2.0 impulsado por el Ejecutivo.

El ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero, destacó que este proyecto responde a un acuerdo fundamental para avanzar en un tema que es prioritario para la ciudadanía y los alcaldes. “Este proyecto regulariza y establece un conjunto de estándares para el funcionamiento de los municipios, tanto en prevención como en la colaboración con las policías. El rol fundamental de los municipios está ahí y esto no constituye una policía municipal”, planteó.