El proyecto, despachado para su firma y posterior promulgación, busca aunar las diversas normativas existentes, añadir definiciones para los eventos masivos y mejorar varios aspectos concernientes a las empresas que ofrecen estos servicios y las personas que sirvan como guardias privados.

Luego de ingresar a tramitación en 2009 y cuya discusión se había pausado desde 2014, el Congreso Nacional despachó a ley el proyecto que crea un nuevo marco normativo para las empresas de seguridad privada y personas que ejerzan labores de este tipo.

De esta forma, se busca modernizar y aunar en un solo cuerpo legal la normativa existente sobre este tipo de empresas, las cuales prestan servicios para eventos masivos como conciertos, partidos, o incluso vehículos de transporte de valores, entre otros.

A detalle, se establece y promueve el rol de estas compañías y las personas que en ellas trabajan como co ayudantes y complemento de la seguridad pública, estableciendo una serie de obligaciones específicas para el personal de seguridad privada y entidades que tengan guardias privados.

También se actualizan los criterios y el procedimiento al momento de decidir qué empresas u entidades deben estar obligadas a tener este tipo de medidas de seguridad, tomando aspectos como las características del entorno de funcionamiento, tipo de actividad, el valor o peligrosidad de los objetos que se encuentren en su interior, entre otros.

Cambios en requisitos y la obligatoriedad de la cámara corporal

Un aspecto destacado de la normativa es que moderniza los requisitos para que las personas y empresas puedan ejercer este tipo de actividades, regulando a su vez las empresas de seguridad electrónicas (que ofrezcan alarmas, por ejemplo).

También se actualizan los procesos de certificación y las capacitaciones de guardias y vigilantes privados; y se obliga a estos, en caso de que en su trabajo enfrenten un riesgo alto, a utilizar cámaras corporales al momento de ejercer sus funciones.

Otros de los cambios tratan sobre la regulación de este tipo de actividad en eventos masivos, ajustando e incorporando definiciones al respecto.

También se fortalece las funciones del órgano encargado de la materia, que será el Ministerio del Interior o el futuro Ministerio de Seguridad Pública (en caso que logre concretarse), todo esto mediante la Subsecretaría de Prevención del Delito. Finalmente, se modifican las infracciones y sanciones en caso de incumplimiento de la nueva normativa.

Reacción del subsecretario de Prevención del Delito

En un punto de prensa posterior al despacho del proyecto, el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, destacó la votación unánime tanto en el Senado como en la Cámara.

“Con la aprobación de esta ley (…) como Gobierno cumplimos con 19 de los 31 compromisos en materias de seguridad pública que hemos hecho frente al país, y gracias al acuerdo conjunto con la Cámara de Diputados y el Senado de la República”, destacó Vergara, añadiendo que con esto la regulación nacional alcanza “los más altos estándares mundiales”.

El Subsecretario expresó que actualmente, por cada Carabinero, hay cinco guardias privados, junto a unas dos mil empresas que prestan este tipo de servicio “que hoy, con reglas claras, nos van a permitir maximizar un servicio privado, para complementar de mejor manera lo público”.