Parlamentarios de oposición anunciaron que revisarán artículo de la Constitución para que el presidente Piñera sea suspendido de sus funciones, si se aprueba la acusación constitucional en su contra en la Cámara de Diputados.

Parlamentarios de oposición que patrocinaron la acusación constitucional contra el presidente Sebastián Piñera, anticiparon que la próxima semana se revisará el artículo 52 de la Constitución, donde se detalla la suspensión de funciones de las autoridades públicas cuando se aprueba un libelo acusatorio en la Cámara de Diputados.

La próxima semana la comisión revisora de la Acusación Constitucional en contra del presidente Sebastián Piñera, trabajará en torno al informe que debe preparar para su presentación ante la Cámara de Diputadas y Diputados.

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Entre las discusión que se darán, está la interpretación del artículo 52 de la Constitución, en particular del numeral 2), donde se debatirá si se le puede aplicar al mandatario la suspensión de funciones, en el caso que la Cámara declare que ha lugar la acusación.

Al respecto, el diputado DC Gabriel Silber, quien fue uno de los patrocinantes del texto, aseguró que pretenden ajustarse al debido proceso, y por lo tanto, esperan que la comisión presidida por la socialista Maya Fernández pueda invitar a expertos que aclaren el punto.

La diputada de Comunes, Claudia Mix, quien también firmó el libelo, anticipó que pese a respetar la normativa, esperan que sea interpretada al igual que para el resto de las autoridades. De esta forma, opinó que el Presidente debería quedar suspendido mientras la acusación pasa al Senado.

Sin embargo, el abogado constitucionalista de la Universidad Diego Portales, Javier Couso, explicó que el precedente de la Constitución del 25 ya establecía la excepción del Presidente de la República.

Así las cosas, el trámite más próximo es que el presidente Sebastián Piñera sea notificado del libelo, tras lo cual tendrá 10 días para presentar su defensa ante la comisión revisora.

Recordemos que para que la Acusación Constitucional prospere, se requieren 78 votos en la Cámara de Diputados. Y de sortear esta instancia, el Senado actuará como juez, donde se necesitará un quórum de 2/3, es decir, 29 votos.